Las nuevas restricciones dispuestas por el Banco Central en las últimas horas como forma de contener principalmente a los dólares financieros, comenzarán a regir hoy con la entrada en vigencia de las medidas resueltas por la autoridad monetaria.
La estrategia podría generar una presión extra sobre el dólar marginal o blue que el jueves cerró a 118 pesos. Esa alternativa será la única que quede vigente para quienes busquen hacerse de divisas sin mayores trabas, aunque con la ilegalidad que esa situación representa.
El endurecimiento para acceder al mercado de compra y venta de dólares a través de la Bolsa alcanza a los inversores individuales, categorizados como personas físicas.
Por disposición de la circular A 7001, si una persona hizo compras en el mercado minorista, al precio oficial más el impuesto del 30 por ciento -hasta el cupo máximo de 200 dólares por mes y por persona-, no podrá realizar operaciones de dólar Bolsa o Contado con Liquidación por los 30 días posteriores a la fecha en que realizó esa adquisición de divisas.
La circular establece que en las operaciones de clientes que correspondan a egresos por el mercado de cambios -incluyendo aquellas que se concreten a través de canjes o arbitrajes-, adicionalmente a los requisitos que sean aplicables en cada caso, las entidades deberán requerir la presentación de una declaración jurada del cliente en la que conste, por un lado que, en el día en que solicita el acceso al mercado y en los 30 días corridos anteriores no ha efectuado ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior.
Al mismo tiempo, se compromete a no realizar ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferencias de los mismos a entidades depositarias del exterior a partir del momento en que requiere el acceso y por los 30 días corridos subsiguientes.
Este requisito no resultará de aplicación para las operaciones de egresos que correspondan a operaciones propias de la entidad en carácter de cliente.
A su vez, tampoco podrá hacer operaciones de contado con liquidación y dólar Bolsa en los 30 días posteriores a esa compra de dólares.
Las opciones de dólar Bolsa, por ejemplo, se hicieron atractivas para el público minorista, que pagaba 89 pesos el dólar (impuesto incluido) y podía venderlo a 115 pesos en la Bolsa.
Ahora, esa operatoria que había ganado en aceptación porque incluso no requiere de mayores requisitos, quedó muy limitada.
Al mismo tiempo, la circular emitida por el Banco Central también estableció que las empresas que recibieron ayuda del Gobierno para hacer frente a la crisis producto de la cuarentena por la pandemia, tendrán que pedir autorizaciones especiales para acceder al dólar. En la misma línea, fijó normas estrictas para el acceso de las personas jurídicas al MEP (dólar Bolsa) o el contado con liquidación.
Se trata de nuevas limitaciones con el fin de contener la disparada de la divisa que en las últimas semanas registraron los denominados dólares financieros.
En ese sentido, la entidad informó que “aquellas que accedan a líneas de crédito con tasas subsidiadas” como así también las que realicen “operaciones de compra-venta de títulos valores con liquidación en moneda extranjera” tendrán que pedir la conformidad previa al propio BCRA para ingresar al mismo.
También se tomaron más medidas para atenuar la demanda sobre el dólar Bolsa. Los agentes de Bolsa no podrán participar del negocio de compra y venta de divisa en el mercado oficial. Y la Comisión Nacional de Valores (CNV) pidió información sobre operaciones y principales actores de ese tipo de operatoria. Con toda esa batería de acciones, el Banco Central busca frenar en forma total y definitiva el mercado del Contado Con Liqui o Dólar Bolsa.