La Administración General del Poder Judicial de Córdoba recordó que el Banco de Córdoba (Bancor) habilitó el uso de las terminales de autoservicio (timbradoras automáticas) para abonar la tasa de justicia; y que el contribuyente deberá tener una cuenta personal en Bancor, ya que el sistema solamente permite el pago mediante la tarjeta de débito de ese banco.
Si el contribuyente no tiene cuenta personal en la entidad, el pago de los rubros señalados se puede hacer por intermedio de la cuenta judicial abierta en el expediente en el cual se devengó la obligación.
En estos casos, ya sea que se trate de una causa nueva -iniciada durante la feria extraordinaria- o de un expediente iniciado con anterioridad, el tribunal abrirá una cuenta judicial a su orden y para esos autos, en la cual el contribuyente podrá depositar o transferir desde otro banco los fondos necesarios para la cancelación de la tasa de justicia.
Hecho el depósito, una vez que los fondos se encuentren a disposición del tribunal, el actuario emitirá la orden de pago electrónica (e-orden) del dinero desde la cuenta judicial hacia la cuenta especial recaudadora de la tasa de justicia, cancelando así la obligación tributaria. Por cualquier consulta, los interesados podrán comunicarse al correo electrónico [email protected]