El Alto Cuerpo impugnó la norma en un caso específico, en el que se pretendía la actualización del precio de locación de locales comerciales en la Estación Terminal de Omnibus de esta ciudad
El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba consideró que la prohibición de indexar los precios del alquiler de locales comerciales en la Estación Terminal de Ómnibus de la ciudad resulta “evidentemente injusto” para su propietaria, el TSJ mantuvo la solución dada por la Cámara a quo, que declaró la inconstitucionalidad de la denominada “Ley de Convertibilidad”. Así, estableció que el contrato debía cumplirse de acuerdo a la actualización de precios fijada en el mismo.
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