domingo 24, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Sobreseyeron a cuatro “mulas” e investigan presunta trata

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Los hombres iban a Ushuaia desde Misiones, con escala en Buenos Aires. Pasaron de estar procesados por transporte de estupefacientes a ser considerados víctimas del delito

El juez Federal de Ushuaia Federico Calvete, en línea con lo solicitado por el fiscal Juan Soria, sobreseyó a cuatro procesados por transporte de estupefacientes, a quienes pasó a considerar víctimas de trata. Además, también a pedido del Ministerio Público Fiscal indagará a dos imputados por ese ilícito.
Se trata de tres expedientes diferentes tramitados por separado en los cuales se investigaba el accionar delictivo bajo la modalidad “mula”.
Con el avance de la pesquisa se pudo determinar que los encausados viajaban a Ushuaia desde Misiones con escala en Buenos Aires, en donde se les entregaba la droga. Eran captados mediante una aplicación y los mismos individuos les impartían órdenes.
La fiscalía solicitó la unificación de las causas, el sobreseimiento de los cuatro incriminados y que se profundizara la investigación con relación a una organización criminal. Por eso, reformuló la imputación respecto de dos personas, endilgándoles el tipo penal del artículo 7 de la ley 23 737 y el delito de trata.
Con respecto a las “mulas”, el agente entendió que fueron utilizadas como deliveries de los negocios ilícitos de los encartados. A su vez, estimó que sabían a lo que se exponían y que, pese a ello, lo hicieron. Sin embargo, consideró importante aclarar que “la voluntad juega un papel trascendental” a la hora de comprender hechos como el investigado. En esa línea, consignó que en el caso existieron acciones típicas del delito de trata de personas: ofrecimiento, captación, traslado y recepción o acogida.

Respecto al consentimiento, el fiscal hizo hincapié en algunas modificaciones que introdujo la ley 26364, en diciembre de 2012, tras el fallo que absolvió a todos los acusados por la desaparición de Marita Verón.
El agente recordó que, con la reforma, el consentimiento de la víctima para la realización de la explotación no debe ser considerado un obstáculo a la hora de formalizar una imputación.
Soria resaltó que, si bien el narcotráfico no se encuentra contemplado dentro de la reformada ley 26364, una “mirada moderna” a la hora de evaluar conductas criminales puede llevar a concluir que se dan casos de explotación. “Resulta imposible enumerar en una ley todos los comportamientos que podrían ser causantes de explotación”, aclaró.
Asimismo, ponderó que la actividad realizada por las denominadas “mulas” es la que más riesgos de todo tipo conlleva (de enfermedades, de vida, de cárcel), ya que se trata de personas que no participan de las ganancias ilícitas sino que perciben una cantidad mínima de dinero por realizar esa tarea y los victimarios se valen su extrema vulnerabilidad.

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