La empleada cesanteada devolvió el móvil apenas fue intimada por la patronal y el tribunal
consideró que una suspensión hubiese sido suficiente para penalizar la irregularidad
La Sala 6ª de la Cámara del Trabajo de Córdoba hizo lugar a la demanda entablada por una trabajadora en contra de Telemovil SA, al entender que no existió mala fe de la actora, ya que restituyó el teléfono que se le reclamaba al poco tiempo de que le fue solicitado.
La mujer retiró de la tienda, para su uso personal, un celular que estaba destinado a la venta. Para el tribunal, la injuria utilizada para despedir no tuvo la entidad suficiente para justificar el despido con causa.
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