Confirmaron la negativa resuelta en primera instancia al pedido de un padre, quien tenía la
intención de liquidar el rodado adquirido bajo el régimen para personas con minusvalías
La Cámara de Familia de Segunda Nominación de Córdoba rechazó la apelación presentada por un padre que pretendía la liquidación de un vehículo adquirido bajo el régimen para discapacitados. De esa forma, confirmó la resolución del a quo que determinó que el vehículo sea utilizado por quien ejerza el cuidado personal de la hija (con un leve retraso) del apelante.
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