La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, integrada por los jueces Julio Marcelo Lucini y Magdalena Laíño, confirmó el procesamiento por defraudación contra un hombre que fue desvinculado de una empresa y no devolvió el rodado que ésta le había asignado para usar mientras era empleado.
Los miembros del tribunal explicaron que por escrito en el contrato laboral, además de estipularse la indemnización, se fijó como beneficio social extraordinario que tuviera en comodato por 90 días un rodado con cargo de devolverlo. Los magistrados destacaron que no se cumplió con ello a pesar de las intimaciones.