jueves 21, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Justicia terapéutica, un modo innovador de resolver los conflictos con los protagonistas

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La jueza de Paz de La Calera, Ileana Oliva, en red con una trabajadora social, una psicóloga y una psiquiatra de instituciones locales, facilita recursos terapéuticos a problemas que tienen raíz en salud mental. Busca soluciones “con las partes” en situaciones con adicciones y violencia intrafamiliar.

Por Carolina Klepp – [email protected]

Un joven le roba una garrafa de gas al vecino para venderla y así conseguir dinero para comprar drogas, pastillas o alcohol. La situación se repite. Una vez con el vecino, otra vez dentro de la misma familia donde se suman peleas violentas, y así…
El conflicto que podría quedar en una denuncia y una sentencia, sin resolverse en definitiva la cuestión de fondo, porque la adicción y sus consecuencias persistirán, tiene la posibilidad de ser abordado de otra manera y encontrar una solución integral. ¿Cómo? Por medio de la justicia terapéutica.
Situaciones como la relatada recibe cotidianamente la jueza de paz de La Calera, Ileana Oliva, y sirven de ejemplo para explicar cómo se puede gestionar un conflicto desde un paradigma innovador, un adelanto frente a las concepciones clásicas de aplicación y administración de justicia.

Oliva sostiene que la justicia terapéutica se convierte en la llave de una estructura en la cual el juez o jueza de Paz lidera un abanico de respuestas para mejorar la convivencia dentro de su comunidad, llegando a facilitar recursos terapéuticos a conflictos que tienen raíz en salud mental.
Acaba de exponer en el Congreso Iberoamericano de Justicia Terapéutica realizado en La Plata, donde junto a otros jueces intercambiaron experiencias sobre su aplicación en el poder judicial. En ese marco, diálogo con Comercio y Justicia.

– ¿Qué es la justicia terapéutica?
– La justicia terapéutica apunta a buscar, dentro de las leyes de forma y de fondo -ya sea las leyes procesales como las generales-, aquellos resortes establecidos desde las mismas leyes para que la justicia pueda actuar de manera terapéutica ante los conflictos. No resolverlos solamente aplicando la ley o un juez dictando una sentencia, que en definitiva no le va a resolver el conflicto a las personas sino que éste va a quedar subyacente. Entonces, con la justicia terapéutica, lo que hacemos es, además de aplicar la ley, buscar en la interdisciplina del trabajo social, de la psicología y la psiquiatría, el apoyo para poder solucionarle el problema al ciudadano de manera completa, holística.

– ¿En qué tipos de conflictos lo están aplicando?
– En lo penal se aplica la justicia terapéutica en todos los conflictos de drogas. Por ejemplo, una persona roba, esa persona a su vez tiene una adicción a sustancias, entonces el juez penal le da la oportunidad a que acceda a un tratamiento para poder tratar su adicción, más allá del juzgamiento del delito. Si actuara solamente, sin la justicia terapéutica, el juez lo va a juzgar, lo va a mandar a la cárcel, la persona va a seguir con la adicción, y peor aún porque en un establecimiento carcelario se agrava todo tipo de problema. Lo que vemos es la frustración de ese sistema carcelario que no le soluciona la vida a nadie, ni a la sociedad, ni a la víctima del delito, ni al que está adentro, es decir a la persona juzgada. Con la justicia terapéutica es como abrir un poco la cabeza y la actuación y ver cómo los jueces podemos ser agentes terapéuticos para en definitiva brindar un servicio de justicia un poco más completo.

– ¿Qué ejemplos vivenció en su propio juzgado de Paz?
– Me pasa que la gente viene al juzgado de paz con problemas familiares, con hijos o maridos con problemas de adicciones. En vez de ir a un establecimiento de salud recurren a la justicia a buscar una ayuda que es un problema de salud. Entonces, es ahí donde yo comienzo a investigar y adoptar esta justicia terapéutica. Cuando empezás a hablar con ellos, dan cuenta de que han sucedido varios problemas de violencia familiar, de delitos penales, de problemas de convivencia. Entonces, lo que hago es trabajar con trabajadoras sociales, psicóloga y psiquiatra de las instituciones locales. Con estas profesionales hacemos audiencias, primero con la persona que nos demanda la actuación y después con el propio afectado, el propio paciente. Se trabaja en red. A veces las audiencias son en el juzgado, otras veces en los centros de salud.

– ¿Se puede aplicar a distintos fueros?
– Si, por ejemplo, en los tribunales de familia es fantástico cómo se trabaja con la interdisciplina para hacerles ver a los padres -en general los conflictos son con los niños- una manera de suavizar tensiones que se generan con los divorcios y los regímenes de visitas, para poder apaciguar los conflictos. Ahí también con terapia y trabajadora social.

– ¿De dónde surge la justicia terapéutica?
– Hay que aclarar que no es algo que se vaya a encontrar en un Código de Procedimiento o en una ley, es un paradigma de abordaje de conflictos que se sirven de otras disciplinas, es la jurídica sumado a las otras disciplinas. Va de la mano de la justicia restaurativa, quienes aplicamos estos paradigmas vemos que los conflictos no son solamente un expediente, un papel, o una sentencia, sino que vemos al justiciable como un ser humano holístico que no solamente tiene ese problema que te está planteando y que le vas a solucionar con una sentencia sino que es algo más amplio.

– ¿Cómo inició la implementación de este paradigma en su juzgado?
– Yo venía aplicando la justicia restaurativa y ésta me llevó a la terapéutica. En la justicia restaurativa se trabaja no solo en la restauración del conflicto desde la interdisciplina, sino que también se trabaja con la víctima, que en general no se le da participación en los conflictos. En la justicia restaurativa podés escuchar lo que la víctima quiere, hasta un conflicto se puede resolver con el simple pedido de perdón y la aceptación de la víctima. Porque muchas veces lo que quiere la víctima no es que vaya preso o que lo castiguen, que le pinten los dedos o que le apliquen una pena, simplemente a veces es que pida disculpas. Hablo de conflictos pequeños hasta más grandes. En lo que respecta a justicia terapéutica, es adicionarle la parte de salud mental.

Los conflictos no son sólo un expediente
Jueces que se animen al “cara a cara” con el justiciable

La jueza Oliva pertenece a la Asociación Iberoamericana de Justicia Terapéutica. Destacó que en el congreso se llevó la sorpresa de encontrar muchos jueces en Argentina que están trabajando bajo este paradigma. También había magistrados de España, México, Panamá y Chile.
“El mensaje del congreso es que no por no encontrarlo en la ley no lo pueden aplicar, o que esté prohibido, o que van a hacer algo que se vayan a extralimitar. Los temores pasan por ahí, como que el juez está muy encorsetado. Hay que tener en cuenta que el conflicto excede totalmente a lo que queda en el papel escrito. El juez va a poder darse cuenta de que el conflicto es más amplio de lo que está en el expediente cuando tengamos jueces que estén cara a cara con el justiciable.

Hasta que no tengamos jueces que se animen a entrevistarse con el justiciable, va a a ser difícil que podamos ampliar el paradigma de la justicia terapéutica”, subrayó la jueza de La Calera.
En este sentido, resaltó que la implementación de la oralidad en el proceso judicial puede llegar a imprimirle otra dimensión al tema. “La oralidad en la justicia va a ser una buena oportunidad para que el paradigma se meta y empape al sistema de justicia”.

Comentarios 1

  1. Brillante..cambio de paradigmas..oralidad y resolución pacífica de conflictos es el nuevo camino desde la nueva visión del Poder Judicial… reducir la litigiosidad, el camino al expediente digital y la despapelizacion. La celeridad en el servicio de Justicia.

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