Validan el autodespido del trabajador demandante. Para el tribunal, se comprobó que la relación con el empleador fue “continua e ininterrumpida” y que fue este último el que realizó cambios de razón social El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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