La Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso-administrativo federal confirmó el fallo que ordenó a AMX Argentina (Claro) devolver a sus usuarios las sumas que percibió por cargos que, según la Justicia, debió soportar la compañía.
Así, la Alzada rechazó la apelación presentada por la defensa de la firma en contra de la sentencia que le ordenó que cesara en su práctica de imponer a los usuarios del servicio el pago de la Tasa de Control, Fiscalización y Verificación y el Aporte al Fondo Fiduciario.
El tribunal entendió que los citados rubros eran elementos integrantes de los costos de las prestadoras de telefonía móvil y que no podían, bajo ningún concepto, ser exhibidas frente a los clientes como cargas públicas, por lo que era Claro la obligada a atender su cumplimiento.
Acción colectiva
Así, la Azada ratificó que AMX Argentina deberá restituir en un plazo de 60 días las sumas cobradas -de entre 20 y 80 pesos, con intereses- y le aplicó una multa que representa 25% del monto que cobró, según lo establece la ley de Defensa del Consumidor.
La causa se inició en 2001 con una acción colectiva en representación de los usuarios afectados, promovida por la Unión de Usuarios y Consumidores.