En un caso de redargución, la Cámara 8ª Civil y Comercial de Córdoba sostuvo que la falta de probidad del letrado resultó palmaria al ser su pretensión jurídicamente absurda El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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