En el fallo se ratificó que no importa quién haya sido el titular registral del inmueble, si fue adquirido por intermedio del esfuerzo común
Al advertir que el ex concubino no refutó los argumentos de la sentencia de primera instancia, la Cámara en lo Civil, Comercial, Familia y Contencioso-administrativo de Villa María confirmó la resolución que reconoció a la actora el derecho de propiedad sobre 50% de los bienes adquiridos durante el concubinato.
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