Por Luis Carranza Torres* y Carlos Krauth **
En una decisión que a primera vista podría parecer curiosa, pero que nos congratula por las implicancias que lleva aparejadas, la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina acaba de sumar como miembro a Alberto Domenech, magistrado de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, de Familia y Contencioso-Administrativo de Villa María.
Se trata de un gesto no menor que incluso va más allá de las condiciones personales de su destinatario. Muestra el carácter que siempre ha distinguido a tal asociación en cuanto a las cuestiones de género. Más aun cuando en la materia, a la par de reivindicaciones necesarias, de reclamos más que justos y de cambios imperiosos, existen otras personas o grupos que bajo la muy digna bandera de las cuestiones de género, buscan otros fines muchos más particulares y menos elevados que aquellos que declaran enarbolar.
Casi es una obviedad decir que el género no sólo tiene que ver con las mujeres, sino que nos abarca a todos, en cuanto seres humanos que somos. Pero no implica negar que la abrumadora mayoría de las víctimas o perjudicadas en el rubro resultan tales.
Recordemos que género resulta, en lo que aquí nos interesa, un término técnico propio de las ciencias sociales, relativo a las características que la sociedad asigna a los seres humanos. En tal sentido, la Organización Mundial de la Salud puntualiza que se trata de “roles socialmente construidos”.
Excedería, y en mucho, detenernos aquí en las posturas extremas que postulan una mirada absolutamente cultural del género o, su contrapartida, la que lo ve como una mera consecuencia de la biología. Como toda absolutización, tanto una como otra implican un reduccionismo artificial de la realidad, la cual en verdad resulta compleja y tributaria de múltiples órdenes.
Lo que sí interesa, y mucho, es poner el acento en aquellas diferencias en la materia, entre varones y mujeres, que no reconocen como causa un extremo compatible con los parámetros más esenciales de razonabilidad y que por tanto deben ser removidas.
Se trata de cambiar prácticas, costumbres y normas que atentan contra un derecho humano básico como es el de la igualdad. Puede también, frente a determinadas situaciones, tener que ver con cuestiones de necesaria “discriminación positiva” cuando se hallan implicadas relaciones de poder asimétricas que consagran ventajas o desventajas injustificadas.
Las cuestiones de género no son, en definitiva, solo asuntos entre varones y mujeres. Se trata, nada menos, que de remover de algunos tópicos sociales la hipocresía, el egoísmo o la falta de respeto de que somos capaces los seres humanos para con otros. Algo que se logra únicamente con aplicación de aquella máxima que postula que todos los seres humanos son seres libres e iguales. Esto que es tan simple de expresar, a veces no lo es tanto de llevar a la práctica. Tratarnos a todos como iguales más allá de las diferencias físicas, sociales o económicas puede, en algún supuesto en particular, presentar no pocos desafíos.
De allí que haya que tener cuidado en que, por intentar plausiblemente superar esas disparidades culturales, no se generen nuevas desigualdades o que se profundicen las diferencias que se quieren y deben superar. También aquí el mero voluntarismo no alcance ni para empezar. Debe primar la razonabilidad para minimizar los riesgos que, en lugar de corregir algo, se lo empeore de otro modo.
(*) Abogado. Doctor en Ciencias Jurídicas
(**) Abogado. Magíster en Derecho y Argumentación Jurídica