La Sala 1 del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de Rosario estableció que la Provincia de Santa Fe no debe responder por la herida de bala de goma que recibió el demandante, quien participó de un violento disturbio callejero luego de un festejo por el Día de la Primavera y fue reprimido por la policía.
“Se tiene por probado que hubo diversos actos de provocación por parte de la gente y, en especial, del actor, que justifican el poder del Estado de llevar adelante acciones tendientes a mantener el orden público y evitar eventuales perjuicios a terceras personas en relación con las circunstancias de modo, tiempo y lugar”, enfatizó el sentenciante.
Asimismo, indicó que en el marco de la causa “Toscano c/ Superior Gobierno de Santa Fe” no se acreditó prestación de servicio irregular por parte de la accionada ni se verificó conducta culposa alguna por parte del personal interviniente que comprometa de algún modo la responsabilidad del principal. “El daño invocado reconoce como única causa relevante el hecho de la propia víctima”, concluyó.
En esa línea, precisó que se probó que Toscano participó de disturbios que se produjeron el 21 de setiembre de 2012 en el Parque España de Rosario, que se generaron por peleas entre “tribus urbanas” que se encontraban en el evento; que se produjeron corridas; que los asistentes le lanzaron piedras a la policía y que, ante la situación de descontrol generalizado, el joven fue aprehendido, forcejeó con los uniformados, logró soltarse y posteriormente fue alcanzado por una bala de goma.