Un fallo destacó que toda cuestión que se plantea entre ascendientes y descendientes o entre hermanos, y que deba sustanciarse por el trámite ordinario o abreviado, se someterá a arbitraje
Al advertir que, pese a estar en presencia de un litigio entre familiares en línea recta, lo cual implica el sometimiento al juicio arbitral, si ambas partes solicitaron el procedimiento ordinario, y dado que la renuncia al juicio arbitral no violenta el orden público, la Cámara Civil y Comercial de Segunda Nominación de Córdoba declaró abstracta la cuestión, y ordenó que se prosiga el juicio mediante el procedimiento ordinario.
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