Para sancionar al accionante, la Provincia había alegado que el comentario que realizó afectaba
el honor e integridad de la institución. El TSJ concluyó que hubo irregularidades en la medida
Al compartir los fundamentos brindados por la Cámara a quo, la Sala Contencioso-administrativa del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) confirmó el fallo que hizo lugar a la demanda de plena jurisdicción que declaró la nulidad de los actos administrativos impugnados y, en consecuencia, revocó la sanción de exoneración impuesta a un bombero voluntario.
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