El magistrado Álvaro Benjamín Vucovich subrayó la necesidad de que ambos cumplan tratamiento psicológico para lograr un acercamiento y asuman sus obligaciones
Frente a la ausencia de oposición del padre, sumada a que en razón de que el cuidado personal compartido con modalidad indistinta no era posible en el caso, y conforme a que en las actuales circunstancias resultaría perjudicial para el niño, el Juzgado en lo Civil y Comercial y de Familia de 1ª Nominación de Villa María reconoció el cuidado unilateral en cabeza de la madre. Sin embargo, ordenó medidas a ambos padres para que logren tener un vínculo comunicacional fluido y poder revincular al niño con su padre.
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