Por Matías Altamira *
La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires ordenó el bloqueo del sitio web de Uber y su aplicación móvil en todo el país.
Para hacer efectiva la manda judicial, se obliga a los operadores móviles de la República Argentina a bloquear el acceso a la página web de Uber, junto a sus plataformas digitales, aplicaciones y todo otro recurso tecnológico que permita contratar y/o hacer uso de los servicios de transporte de pasajeros que ofrece esa empresa. Ello generó el rechazo corporativo de las empresas de telecomunicaciones, no sólo por deber asumir el poder de policía sino porque sus instrucciones son imprecisas, generando ciertos riesgos en los usuarios; reduciendo la transparencia y la confianza en Internet; favoreciendo la clandestinidad de los servicios; e invadiendo la privacidad de los usuarios. Por su parte, Uber sostiene que un tribunal de la Ciudad de Buenos Aires no tiene potestad para decidir si un correntino, mendocino, chubutense o de cualquier otra parte de Argentina puede o no utilizar Uber.
Revisando el seguimiento periodístico que se le realizó a esta cuestionada empresa, se destacan dos noticias, una en la edición del 08/03/2018, en la que se informaba que el Poder Legislativo de Brasil aprobó una legislación que establece que cada municipio deberá crear las reglas y fiscalizarán el servicio que prestan, pero que no podrán controlarlo mediante la emisión de licencias. La otra, en mayo de 2017, en la que se informó que Maciej Szpunar, procurador general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), al dictaminar sobre la demanda que interpuso la asociación catalana de taxistas Elite Taxi Barcelona en contra de la firma norteamericana, señaló que esa empresa no es sólo una plataforma digital que conecta a conductores con pasajeros sino que también brinda un servicio de transporte y que, por ello, debe cumplir con las leyes que regulan esa actividad. Ahora la empresa estaría pronta a trabajar amparada en la figura jurídica de alquiler de vehículo con conductor.
La vía judicial planteada por la empresa logra ganar tiempo para instalar sus servicios, aumentar su ámbito de operaciones, generar prensa e interés en los usuarios. Para esto último ayuda significativamente la calidad del servicio actual de transporte de pasajeros, como se informó el 13/04/2017.
Lo cierto es que el Poder Legislativo es el que tiene la responsabilidad de admitir este tipo de servicio de transporte, establecer sus pautas de gestión, y demás condiciones, en línea con lo resuelto en el vecino país. Mientras la ley establezca que el transporte de pasajeros está regulado, y quien lo realice debe contar con la respectiva autorización municipal, provincial o nacional, dependiendo el recorrido que pretenda efectuar, el Poder Judicial no puede hacer otra cosa diferente que prohibirlo.
(*) Abogado, especialista en Derecho Informático