El juez de Familia de Rawson que ordenó la medida expuso que el hombre aprovechaba la movilidad que le daba su vehículo para acercarse y atemorizar a su ex pareja y, eventualmente, escapar
En una causa por violencia familiar, el Juzgado de Familia de Rawson, Chubut, ordenó el secuestro del automóvil que el denunciado usó para violar la prohibición de acercamiento a su ex pareja, con el fin de evitar que continúe molestándola.
“Más allá de la intervención que le corresponde al fuero Penal por los distintos delitos cometidos por S.L., cabe subrayar que en varios de los episodios narrados por la denunciante, relacionados con la reiterada desobediencia a la prohibición de acercamiento oportunamente decretada para su seguridad, aparece siempre un instrumento que es utilizado por el agresor como elemento facilitador de su estrategia de acecho y hostigamiento, agravando de ese modo su peligrosidad y el correlativo estado de vulnerabilidad de la mujer: el vehículo Chevrolet Corsa”, señaló el juez Martín Alesi.
El magistrado expresó que no tenía dudas de que S. L. aprovechaba las ventajas de la movilidad y rapidez que le daba su automotor para acercarse y atemorizar a su ex pareja y, eventualmente, escapar, tal como sucedió en el último hecho denunciado.
En tanto, precisó que la damnificada trabaja caminando en la vía pública y estimó que eso la ponía en una situación de mayor exposición frente a un victimario motorizado, a pesar de la solidaridad de sus superiores y compañeros, quienes se organizaron para protegerla durante la jornada laboral.
Frente a ese escenario, dispuso como medida cautelar el inmediato secuestro del rodado, con el objetivo de afectar el desplazamiento del S. L. y, así, “quitarle la principal herramienta que emplea para perturbar la vida cotidiana de la mujer y entrometerse en su espacio privado, con grave desprecio a la autoridad del Poder Judicial”.
En tanto, aclaró que la providencia se podrá ampliar en caso de que se constate que el hombre consiguió otro vehículo, que también será incautado.
Además, Alesi le ordenó a la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Rawson la inmediata suspensión de la licencia de conducir de S. L., así como la retención de su carnet.
“Tanto en el dictado de una medida cautelar como al tomar las diligencias necesarias para complementar y dotarla de eficacia, considero que la gestión del problema, al menos en lo que concierne al rol de la jurisdicción familiar en su faceta proteccional, debe girar sobre una premisa fundamental: la víctima no tiene que verse afectada en su capacidad de movilidad; al contrario, quien incurre o reincide en la violencia se convierte en sujeto de desplazamiento o restricción de su movilidad intra o interurbana mediante resolución fundada en la protección de la mujer”, detalló el juzgador.
En esa inteligencia, expresó que sobre ese eje básico de actuación puntualizó en otros casos llevados a su conocimiento que las medidas proteccionales deben recaer exclusivamente sobre los agresores, con un catálogo que va desde la exclusión del hogar y la prohibición de acercamiento, hasta la intimación de deportación de la Provincia del Chubut e, inclusive, la prohibición de ingreso a la ciudad de Rawson.