El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba concluyó que, en el caso, la deficiencias observadas en la
presentación de la acción no motivaban que fuese descalificada como tal y no admitida en el pleito
Al tener en cuenta que no resulta alejado a la realidad que un enfermero se desempeñe en una morgue y que la falta de detalle de horarios de trabajo en la demanda no afecta las garantías constitucionales como para justificar la declaración de nulidad de todo lo actuado, la Sala Laboral del Alto Cuerpo provincial ordenó reenviar la causa a la Sala de la Cámara de Trabajo de Capital que resulte sorteada por el Sistema de Administración de Causas (SAC), a fin de que, previa vista de la causa, se pronuncie sobre el fondo de la cuestión.
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