Para la especialista en Niñez, hay una cultura judicial bastante renuente a reconocer el derecho de los infantes a ser escuchados. La experta visitará Córdoba con motivo de la jornada debate sobre la figura del abogado del niño, que se realizará este jueves en la Unicameral
Silvina Bazterrechea – [email protected]
Hace 12 años se sancionaba en nuestro país la ley 26061, que en su artículo 27 instituía la figura del abogado del niño como una garantía que establecía el derecho de los niños, niñas y adolescentes a ser asistidos por un letrado -preferentemente especializado en niñez y adolescencia- desde el inicio de un procedimiento judicial o administrativo que lo incluyera.
La norma parte de la noción de que los niños son sujetos procesales y, por ende, su participación mediante un abogado especializado no puede confundirse con la intervención del defensor del Niño, defensor oficial Penal o Civil o asesor de Menores, y tampoco con el abogado ad litem, previsto para los incapaces en el derecho civil.
Poco a poco las provincias fueron adhiriendo a la norma nacional. Córdoba demoró seis años en sumarse a los nuevos lineamientos. Pero la adhesión a la normativa no fue suficiente y el abogado del niño sigue siendo en nuestra provincia una deuda pendiente. En la Legislatura espera su tratamiento un proyecto de ley para instituir la figura en el ámbito de la Justicia local. La iniciativa ingresó a mediados del año pasado pero nunca llegó a ser debatida en el recinto.
Ante este panorama, adquiere especial relevancia la jornada-debate que se realizará este jueves en la Sala Regino Maders de la Unicameral. La figura del abogado del niño estará en el centro del debate. El evento recibió la adhesión de numerosas organizaciones, universidades y colegios profesionales y contará con la presencia de la abogada especialista en derechos de la niñez, adolescencia y familia Laura Selene Chávez Luna. Antes de su arribo a Córdoba, Comercio y Justicia dialogó con ella, quien trazó un panorama sobre la realidad que atraviesan los niños cuando por algún motivo forman parte o son protagonistas de un proceso judicial.
– ¿Cómo se está implementando en ciudad de Buenos Aires y en la provincia de Buenos Aires la figura del abogado del niño?
– La ley es próspera y ordenadora pero aún falta mucho por hacer. En la ciudad de Buenos Aires todavía son renuentes a que intervenga un abogado de la matrícula y, en muchos casos, designan un tutor ad litem y lo hacen en casos en los cuales aún el propio Código dice que no se puede. Lo peor es que la cámara suele confirmar estas cosas, lo cual lo convierte en algo grave.
En la provincia de Buenos Aires es diferente porque está todo mucho más regulado, pero todavía hay algunos temperamentos restrictivos porque la ley de Abogado del Niño de la Provincia de Buenos Aires no habla de que es necesario de que el abogado, para ser abogado del niño, necesite estar anotado en un registro; el registro es para que los jueces tengan de dónde echar mano cuando necesiten a un abogado del niño; pero un niño puede elegir tranquilamente al abogado que desee. La institucionalidad está pero faltan las buenas prácticas.
– ¿Es un problema cultural que a 12 años de la ley aún haya tantas dificultades para su total aplicación?
– Es una cuestión cultural que empieza dentro del propio sistema judicial. En la provincia de BuenosAires está instituido que ante un proceso judicial se debe explicar al niño su derecho a tener un abogado, pero no se hace. Entonces: ¿ cómo van a exigir los niños algo que ni siquiera saben que existe? Por otra parte, hay una cultura judicial que es bastante renuente en lo que tiene que ver con reconocer el derecho de los niños a ser escuchados. Cuesta muchísimo, a veces, que los magistrados ordenen una cámara Gesell y la restringen sólo para los casos penales, esto es una insensatez.
– ¿Cómo entabla el vínculo el abogado con el niño? ¿Quién hace el primer contacto?
– Yo estoy recibiendo muchas consultas desde hospitales públicos, hogares, a veces me dejan mensajes los progenitores pero yo no hablo con los padres porque no me puedo alinear con los intereses de ellos. Lo que hago es esperar y hablar con el abogado y, si el niño quiere entablar el vínculo, se le hace la invitación; pero el abogado no puede ser impuesto por el adulto, si el niño quiere hablar, entonces se avanza, si no, no se puede. Hay que ser muy ciudadoso para que la figura no se desdibuje.
– ¿Si el problema de la aplicación de la norma está vinculado con lo cultural ¿qué se está haciendo en materia de capacitación ?
– Hay capacitaciones organizadas por nuestros propios colegios pero muchas veces son capacitaciones que no satisfacen las necesidades de los abogados porque son organizadas dándole voz a las mismas personas, que muchas veces no litigan como abogados del niño y que están dentro de la magistratura . En las universidades falta mucho por hacer para que este tema esté en de la currícula de la carrera de abogado. Yo además empezaría con las capacitaciones dentro del Poder Judicial porque hay funcionarios judiciales que todavía no conocen que un niño tiene derecho a tener un abogado del niño, es una vergüenza que haya que explicarles a algunos jueces qué es un abogado del niño y todavía te hablan de menores, es vergonzozo. Las capacitaciones deberían entonces empezar dentro del propio sistema judicial y coetáneamente fuera con los abogados.
– Un tema de debate en Córdoba ha sido la regulación de los honorarios de los abogados del niño. ¿Cómo se resolvió en Buenos Aires?
– Se supone que se hace cargo el Estado, y si los padres son solventes se supone que pagan los progenitores, la idea es que el Estado pague como última opción. Ahora bien, el problema que a veces se presenta es la regulación de honorarios, que suele ser muy baja para los colegas. El trabajo es arduo, es extrajudicial, a cualquier hora, y los honorarios no contemplan gastos ni actividad multidisciplinaria. Esto se modifica a nivel jurisprudencial cuando el abogado apela y luego logra un emolumento mayor; y esto tiene que ver con la dignidad profesional porque muchas veces se piensa que el abogado del niño es un abogado menor.