Lo hizo la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal, en el marco de un expediente por narcotráfico. También son aplicables a casos por corrupción y crimen organizado
En una causa en la cual trató la excarcelación de una imputada por tráfico de drogas, la Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional Federal fijó pautas de valoración para disponer eventuales solturas o morigeraciones (como el arresto domiciliario) respecto de los detenidos que se acogen a las previsiones de la ley 27304, aplicable a delitos de estupefacientes, crimen organizado y corrupción en la administración pública, entre otros.
El tribunal recordó que el mecanismo establece una reducción en las escalas penales para los partícipes o autores de aquellos ilícitos cuando durante la sustanciación del proceso brinden datos precisos, comprobables y verosímiles que sean útiles para esclarecer el hecho objeto de investigación u otros conexos; revelar la identidad o el paradero de autores, coautores, instigadores o partícipes y proporcionar información suficiente que permita un “significativo avance” de la pesquisa, entre otras acciones.
Los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah precisaron que una vez que el acuerdo entre el encartado y la fiscalía quede homologado por el juez, comenzará a correr un plazo no superior a un año para que se pongan en marcha las medidas necesarias para corroborar la veracidad y utilidad (total o parcial) de las pistas.
Homologación
“La eventual incidencia de la homologación de un acuerdo en los términos de la ley 27.304 para la cuestión debatida en el incidente –o, incluso, para la aplicación de otras alternativas procesales-, debe ser evaluada por el magistrado interviniente con suma prudencia, para que haya equilibrio entre los fines que inspiran las normas y los objetivos propios del enjuiciamiento penal”, enfatizó.
En esa inteligencia, la alzada precisó que la magnitud, utilidad y grado de corroboración que tengan los datos aportados constituyen aspectos relevantes aunque no necesariamente dirimentes.