Al advertir que el supuesto abuso de confianza del ejecutante tenedor de los cheques era una cuestión de índole causal que no debía ser llevada ni debatida en el juicio ejecutivo, la Cámara en lo Civil, Comercial, Familia y Contencioso-administrativo de Villa María confirmó la sentencia que había rechazado la excepción de inhabilidad de título presentada por Arreos del Norte SA.
El demandado sostuvo que se omitió considerar que el actor Gustavo Gabriel Grión era guardador de los cheques, simple tenedor sin derecho alguno para disponer de ellos, habiéndosele conferido su custodia en función de la confianza que otrora existía entre las partes en razón de una relación derivada de un arrendamiento rural, y agregó que el tenedor del cheque debe ser de buena fe, condición ésta que lo habilita en la especie para tenerlo y disponerlo, lo que no se verificó en la especie.
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