domingo 24, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Portal e-Sifcos

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Por Matías Altamira

El Gobierno de la Provincia de Córdoba presentó la semana pasada el e-Sifcos, la plataforma de registro de los comercios electrónicos cordobeses, con el objetivo de ordenar y promover el comercio electrónico, estableciendo un marco igualitario, transparente y equitativo que promueva la competencia leal entre todos los actores del mercado.
El e-Sifcos busca ser un referente para comerciantes y ciudadanos, garantizando a los primeros transparencia, seguridad y competencia leal; y a los segundos orientación y posibilidad de ejercer en forma anticipada sus derechos, además de valorar la experiencia de usuario, que servirá de referencia para futursa decisiones de compra de otros consumidores.
Este portal permitirá a los consumidores buscar productos, servicios y sitios que estén certificados en e-Sifcos; visualizar la reputación de los comercios y acceder a la Dirección de Defensa del Consumidor, en caso que hayan sido vulnerados sus derechos. Por su parte, a los comercios les brindará una certificación como comercio registrado; acceso a la valoración de los usuarios, sus opiniones y recomendaciones; y un panel de control con datos y estadísticas del comportamiento de su sitio en materia de ventas y su comparación con otros con los cuales comparten la misma actividad.
El e-Sifcos permitirá registrar, ordenar y actualizar información de los sitios web y con esos datos generar reportes y estadísticas sobre tendencias y hábitos de consumo, con la finalidad de reflejar con la mayor fidelidad posible la actividad comercial electrónica del momento.
La regulación y el control del comercio electrónico en la República Argentina y especialmente en la provincia de Córdoba no requiere del dictado de nuevas leyes ni reglamentaciones, ya que con las existentes el Gobierno tiene autorizado el ejercicio del poder de policía sobre todos los sitios web, portales y demás aplicaciones informáticas que promuevan y comercialicen productos y/o servicios con personas radicadas en la provincia de Córdoba.
Se puede distinguir entre las leyes y normas que regulan la actividad de los comerciantes, protegiendo la lealtad comercial y defendiendo la sana competencia, de aquellas leyes protectoras del consumidor.

En el ámbito nacional, la Ley de Lealtad Comercial prohíbe la realización de cualquier clase de presentación, publicidad o propaganda que, mediante inexactitudes u ocultamientos, pueda inducir a error, engaño o confusión respecto de las características o propiedades, naturaleza, origen, calidad, pureza, mezcla, cantidad, uso, precio, condiciones de comercialización o técnicas de producción de bienes muebles, inmuebles o servicios. Prohibición que es plenamente aplicable a los sitios web, ya que hace mención a “cualquier clase de presentación de publicidad o propaganda”, es decir que no se limita a la publicidad impresa, televisiva ni radial.
Luego dispone que los gobiernos provinciales actuarán como autoridades locales de aplicación ejerciendo el control y vigilancia sobre el cumplimiento de esta ley, con respecto a los hechos cometidos en su jurisdicción y que afecten exclusivamente el comercio local, juzgando las presuntas infracciones. Por lo que el Gobierno provincial está facultado a ejercer el poder de policía en estos ámbitos.
La Ley de Defensa de la Competencia prohíbe y sanciona los actos o conductas, de cualquier forma manifestados, relacionados con la producción e intercambio de bienes o servicios que tengan por objeto distorsionar la competencia de modo que pueda perjudicar el interés económico general. Aquellos portales de comercio electrónico que operen en la provincia sin estar debidamente registrados en los organismos públicos y, en consecuencia, sin cumplir con las normativas fiscales, impositivas y laborales aplicables, estarán distorsionando la competencia.
Respecto al consumidor, tanto la Ley de Defensa del Consumidor como el flamante Código Civil y Comercial de la Nación lo protegen significativamente cuando opera por medios electrónicos, exigiendo a los comerciantes que le informen clara, rápida y sencillamente todos los aspectos involucrados en la comercialización del bien o servicio en cuestión, tanto respecto a sus características, condiciones de pago y entrega, facultad de revocación de la compra, entre muchos otros datos.
La iniciativa adoptada por el Gobierno provincial es de gran relevancia para fortalecer el comercio electrónico y potenciar los portales locales que se hayan inscripto, al publicitar su sello de registro, además de establecer un vínculo directo con la defensoría del consumidor.
Al concluir la presentación, el ministro Roberto Avalle destacó que pone a disposición de las demás provincias y del Gobierno federal esta herramienta para que todos juntos promuevan una competencia sana y justa, protegiendo al ciudadano argentino. Mis felicitaciones.

* Abogado, especialista en Derecho Informático

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