La Cámara 1ª en lo Civil y Comercial de Córdoba convalidó la multa que había impuesto el juez de primera instancia en defensa de la usuaria damnificada.
Al sostener que, por una parte, la empresa facturó en forma reiterada un servicio que no le prestaba a la actora, generándole la carga innecesaria de efectuar sucesivos y numerosos reclamos, a la postre resueltos favorablemente, lo que demostró el desinterés de la empresa en brindar una solución al problema, y la ausencia de un trato digno al que tiene derecho la actora como consumidora, la Cámara Civil y Comercial de 1ª Nominación de Córdoba confirmó la sanción por daño punitivo impuesta a Telecom Argentina SA.
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