El Tribunal Oral en lo Criminal Federal Número 4 (TOF4) rechazó un pedido del diputado Julio de Vido (FpV) para apartar a los jueces que deberán llevar adelante el juicio en su contra, por su presunta responsabilidad en la denominada “tragedia de Once”.
Los magistrados Pablo Bertuzzi, Néstor Costabel y Gabriela López Iñíguez no aceptaron el planteo de la defensa del ex ministro de Planificación, quien sostuvo que no estaban dadas “las garantías de independencia e imparcialidad judicial” y que esa situación derivaba de “las presiones de inusitada relevancia política y mediática del caso”.
Sin embargo, los jueces señalaron que en el caso no se presentaba ninguna de las causales enumeradas taxativamente por las disposiciones del artículo 55 del Código Procesal Penal de la Nación, que habilitarían su inhibición o recusación.
Acto dilatorio
Además, aclararon que el pedido se presentó “sin mayores fundamentos” y recordó que los mismos planteos ya habían sido rechazados durante la investigación del caso.
“La presentación debe traducirse como un mero acto dilatorio y no como un acto revelador de una actuación judicial que provocó un estado o sensación de parcialidad”, remarcaron.
De Vido y el ex titular de la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos (Uniren), Gustavo Simeonoff, fueron enviados a debate por los delitos de estrago culposo agravado y administración fraudulenta.
En su momento, los letrados del legislador le habían pedido al TOF4 que el juicio fuese por jurados, pero ese reclamo fue rechazado porque la modalidad no existe en el fuero federal. A raíz de ello, también sin éxito, los abogados plantearon la recusación.