La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso extraordinario interpuesto por la defensa de la ex presidente Cristina Fernández en contra del fallo que dictó en junio, mediante el cual rechazó el pedido de “readecuación” del objeto de investigación de la causa conocida como “Vialidad”.
Sin éxito, los abogados requirieron que la pesquisa abarcara la totalidad de las obras públicas adjudicadas entre mayo de 2003 y diciembre de 2015, en todo el territorio nacional.
En el fallo que se pretendió impugnar, los magistrados Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Ángela Ledesma habían precisado que el objeto procesal fue delimitado en la etapa procesal correspondiente y que lo obrado en la instrucción era meramente provisorio, pues es durante el juicio cuando queda delimitada la descripción de los hechos concretamente imputados.
En diciembre del año pasado, el juez Julián Ercolini procesó y embargó a la ex mandataria por la presunta comisión de los delitos de asociación ilícita y administración fraudulenta agravada, en el expediente en el que se investiga el direccionamiento de obra pública a favor del empresario Lázaro Báez, actualmente detenido por lavado de dinero, mediante acuerdos por más de tres mil millones de dólares.
La medida incluyó a Báez, a los ex funcionarios Julio de Vido, José López y Carlos Kirchner (primo del ex presidente) y a ex autoridades de la Dirección Nacional de Vialidad y de las direcciones de vialidad provinciales.
A su turno, los fiscales Gerardo Pollicita e Ignacio Mahiques calificaron lo sucedido como un “plan criminal” para favorecer a Báez.
Al procesar a la ex presidenta, Ercolini consideró que formó parte de una asociación ilícita “para apoderarse ilegítimamente y de forma deliberada de los fondos asignados a la obra pública vial; en principio, en la provincia de Santa Cruz”.
Asimismo, consideró que con esa dinámica perjudicó los intereses que le fueron confiados, al violar “su deber de administrar y cuidar fielmente los bienes del Estado, con el fin de procurar un lucro indebido propio o de terceros”.
En la descripción del entramado delictivo, Ercolini señaló como punto de partida la “conversión formal de Báez en empresario de la construcción, para luego ser insertado en el negocio de las contrataciones de áreas de infraestructura del Estado”. En ese sentido, recordó que pocos días antes de que Néstor Kirchner asumiera la Presidencia, el 8 de mayo de 2003, Báez, junto con dos socios -Guido Blondeau y Sergio Gotti- formó la firma Austral Construcciones SA. Según indicó el juez, “Néstor Kirchner montó la estructura institucional de su gobierno con personas de su confianza, quienes en su mayoría formaron parte de diferentes áreas gubernamentales de Santa Cruz, a las que ubicó en cargos estratégicos”, una arquiterctura que, según opina, “fue mantenida por Fernández de Kirchner tras asumir la presidencia”.