El tribunal revocó la sentencia que en primera instancia había establecido como límite para la mayoría de edad, los 18 años. Los vocales indicaron que el tema en cuestión ha quedado zanjado en la reciente reforma del Código Civil y Comercial de la Nación El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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