El destino de la investigación está en suspenso por los cuestionamientos sobre el instructor. Se le enrostra no tener interés en el descubrimiento de la verdad y haberse “apurado” al pedir la elevación ajuicio a pocos meses de iniciada la pesquisa
“Los fiscales, en su rol de acusadores obligados a impulsar la investigación de todos los delitos de acción pública por el principio de legalidad, están sujetos a determinados principios específicos, entre los cuales se encuentra el deber de actuar con objetividad -es decir, procurando la verdad- y de ajustarse en sus requerimientos y conclusiones a laspruebas legítimas, sean éstas contrarias o favorables al imputado”.
Con ese argumento, a fines de marzo, la Sala II de la Cámara Federal apartó al fiscal Federico Delgado de la investigación por la muerte de cinco personas, en abril del año pasado, en la fiesta electrónica Time Warp, que se llevó a cabo en el predio porteño de Costa Salguero.
Los jueces Eduardo Farah y Martín Irurzun hicieron lugar al pedido de recusación presentado por el abogado Víctor Stinfale, uno de los procesados en la causa que comandaba Delgado junto al juez Sebastián Casanello.
El letrado quedó incriminado como uno de los organizadores del evento, pero desde un primer momento sostuvo que sólo fue un asesor jurídico de la empresa Energy Group, que manejan terceros, y criticó duramente al instructor.
Además de valorar que Delgado procedió con falta de objetividad, el tribunal cuestionó que hubiera pedido la elevación a juicio demasiado rápido y sostuvo que todavía hay medidas de prueba pendientes.
Para la alzada, Delgado no tiene interés por “el descubrimiento de la verdad objetiva” y aseguró que su posición sobre lo acotecido fue “inflexible”.
Con el apartamiento de Delgado, la pesquisa se estancó.
Defensas
A un mes del hecho, Casanello procesó con prisión preventiva a Stinfale; al presidente de Dell Producciones; a los dos apoderados de la firma; al responsable de los accesos a la fiesta y al asesor artístico del evento como coautores de los delitos de comercio de estupefacientes agravado y abandono de personas seguido de muerte.
Sin embargo, en julio, la Cámara revocó las privaciones de libertad de los nombrados. También modificó la calificación legal y los acusó ser coaturores de facilitación de lugar para el comercio de estupefacientes, homicidio culposo y lesiones graves culposas.
En agosto de 2016, Casanello consideró que la parte del expediente que involucra a los organizadores de la Time Warp podía elevarse a juicio, pero las defensas de los encartados -lideradas por Mariano Cuneo Libarona, Fernando Burlando y Matías Morla- tuvieron éxito objetando las medidas que se fueron dictando.
La hipótesis que siempre sostuvo el ex fiscal del caso -que fue respaldada por Casanello- fue que los decesos ocurieron en el marco de lo que definió como “el negocio del agua”.
Bajo esa premisa, insistió con que los empresarios “prepararon” el ambiente para que se vendieran drogas y los asistentes consumieran el líquido que ellos comercializaban.
Capítulo cordobés
A pocos días de los tristes sucesos de Costa Salguero, la Policía Federal allanó las oficinas de la agencia de viajes “Próxima Estación”, que trasladó en dos micros a unas 100 personas desde Córdoba a Buenos Aires, para asistir a la Time Warp.
Casanello ordenó la medida porque uno de los fallecidos, Nicolás Becerra, de 25 años, vivía en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El subcomisario Héctor Cáceres, a cargo del procedimiento, precisó que uno de los objetivos fue acceder al listado de los pasajeros y -según detalló- se secuestraron documentos, agendas, notebooks, celulares y elementos relacionados con el archivo de datos de la gente que viajó.
La noticia causó sorpresa ya que para ese entonces ya se había determinado que la sustancia que ocasionó los decesos (“Superman” o falso éxtasis) se compró y consumió dentro de la Time Warp y que no se detectó ningún hilo conductor entre las víctimas.
Fulminante
-Francisco Bertotti, Bruno Boni, Andrés Valdez, Nicolás Becerra y Martín Bazano, quienes tenían entre 21 y 25 años, murieron por “policonsumo” de drogas la noche del 16 de abril de 2016.
n Alberto Crescenti, jefe del SAME, los asistió cuando se descompensaron pero no hubo nada que hacer.
– El médico precisó que los decesos se produjeron de forma “fulminante” y que presentaban temperaturas corporales superiores a 40 grados.
-Las autopsias determinaron que todos sufrieron edema pulmonar y paro cardiorrespiratorio y que no tenían enfermedades preexistentes.
– Los exámenes toxicológicos revelaron el consumo de éxtasis (y una versión más poderosa, conocida como “Superman”) y metanfetamina.
La muerte de Tania Abrile, otra pesquisa que parece estancada
En el marco de la investigación por la muerte de Tania Abrile (38), durante la presentación del DJ John Digweed en el Orfeo Superdomo, en julio del año pasado, los organizadores del evento fueron imputados por la presunta comisión del delito de facilitación del lugar para consumir drogas.
Además, quedaron incriminados por homicidio culposo, al igual que el jefe del servicio médico que trabajó durante la fiesta.
La medida que involucra a los titulares de Buenas Noches Producciones SA la dictó el fiscal de Lucha contra el Narcotráfico, Marcelo Sicardi.
El defensor de los empresarios, Ezequiel Mallía, declaró en su momento que la decisión de Sicardi era “absurda”. Argumentó que había 30 policías, que sus asistidos contrataron seguridad privada e indicó que el Orfeo tiene cámaras y que, por eso, no hubo facilitación para el uso de drogas ilegales.
En la causa que involucra al servicio médico la fiscal Liliana Sánchez intenta establecer las circunstancias en las que murió Abrile.
Hasta el momento, la Justicia local también parece haber dejado de lado el análisis del rol de la mujer en su propio deceso. Cabe recordar que luego de ser atendida dos veces por los médicos, Abrile volvió a la fiesta y asumió la responsabilidad, pese a que su estado de salud no era óptimo.
La incisiva reacción judicial no repercutió en el consumo
Luego de la Time Warp, a la par de la incisiva reacción de la Justicia, el Gobierno porteño prohibió que se hicieran eventos similares.
La polémica medida fue avalada por un fallo y hasta elogiada por algunos sectores.
En general, a la hora de abordar lo acontecido no se tomó en cuenta la responsabilidad individual de los fallecidos, cinco mayores de edad que tomaron una mala decisión (comprar y consumir drogas de diseño) que, lamentablemente, les costó la vida.
Los medios de comunicación optaron por cubrir lo sucedido haciendo hincapié en la faz emocional del la cuestión y reclamando “más control” para “proteger a los chicos”.
La razonabilidad de las acciones estatales quedó fuera del análisis, así como el abordaje de las consecuencias de los actos voluntarios de los involucrados.
Como era previsible, el avance del Estado no impidió que se sigan desarrollando substancias de diseño. Tampoco impactó en el abuso de drogas ni en las sobredosis.
A principios de año, Carlos Damin, jefe de Toxicología del hospital Fernández, precisó que no bajó el número de intoxicados y que atienden casos similares a los de la Time Warp, que ocurren en el marco de eventos privados.
También detalló que reciben a personas derivadas de otras provincias.
El especialista valoró que el accionar judicial y administrativo después de la fiesta de Costa Salguero no tuvo “impacto disuasivo” sobre los usuarios. De hecho, precisó que el consumo de drogas sintéticas no deja de crecer, así como las nuevas mezclas y variedades.
En la “Mandarine Park” de febrero, la primera rave que se hizo luego de la Time Warp, se secuestraron varias dosis de 25B NBOMe, conocida como “La bomba”.
El subsecretario de Lucha contra el Narcotráfico, del Ministerio de Seguridad de la Nación, Martín Verrier, precisó que es una mezcla de éxtasis y LSD y que es especialmete peligrosa cuando se mezcla con alcohol.