El Tribunal Oral Federal de Neuquén autorizó a un interno a disponer de una suma anticipada de su fondo de reserva para ayudar a su familia.
El preso había solicitado autorización para disponer de la suma de $3.000, motivado en gastos personales. Ante dicho requerimiento, la unidad carcelaria informó que poseía en su fondo de reserva la suma de pesos $28.329,91.
Los integrantes del Tribunal expresaron que el artículo 128 de la ley 24660 permite en casos debidamente justificados y con intervención judicial que los internos puedan disponer en forma anticipada del fondo de reserva que les corresponde, lo que contribuye, en general, a mejorar su calidad de vida y, en particular, al fortalecimiento de sus vínculos familiares por medio del aporte dinerario a sus respectivas familias, que efectivamente se encuentran en condiciones de realizar merced al trabajo intramuros.
Los magistrados destacaron que, en la actualidad, la gran mayoría de los condenados solicita que se les permite disponer del fondo de reserva con el propósito de cooperar en la manutención de su familia. Asimismo, en casi todos los casos las secciones de asistencia social elaboran informes positivos, destacando la situación de emergencia económica que atraviesan las familias de los internos.
En ese marco, lo que en la norma aparece como una excepción, prácticamente se ha convertido en una regla de aplicación general, explicaron los jueces. Y agregaron que, desde lo formal, no debería considerarse selectiva la ejecución de la pena privativa de la libertad, pero los hechos demuestran que la mayor parte de la población penal pertenece a grupos sociales pauperizados.
Por todo lo expuesto, los camaristas resolvieron hacer lugar a lo solicitado y autorizar al interno a disponer de manera anticipada la suma de $3.000.