La propuesta, impulsada por el Ejecutivo Nacional, crea el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor, en el que deberán anotarse a fin de constatar si cumplen con los requisitos necesarios para poder acceder a los beneficios económicos propuestos
Un plenario de comisiones de la Cámara de Diputados debatirá mañana un proyecto impulsado por el Ejecutivo Nacional que facilita la conformación de emprendimientos mediante la aplicación de importantes incentivos tributarios, con el fin de apuntalar el desarrollo productivo de las pequeñas empresas y así generar nuevas fuentes de empleo.
La propuesta será debatida en el marco de una reunión de las comisiones de Legislación del Trabajo, de Pymes, y Presupuesto y Hacienda, que conduce el macrista Daniel Lipovetzky, el justicialista salteño Pablo Kosiner, y el santafestino del PRO Luciano Laspina.
El proyecto, girado el pasado 2 de septiembre por el Ejecutivo, tiene por objetivo principal apoyar la actividad emprendedora en el país, así como la generación de capital, con el fin de fomentar el desarrollo local de las distintas actividades.
Uno de los atractivos de esta propuesta son los beneficios impositivos, ya que se permite deducir en Ganancias hasta 75 por ciento de los aportes de inversión y hasta 10 por ciento de la ganancia neta sujeta al impuesto.
Si quedare un excedente, se podrá deducir en los cinco ejercicios fiscales siguientes a los realizados esos aportes mientras se mantenga la inversión.
Esos fondeos deberán consistir en dinero o activos financieros líquidos y deberán ser informados a la Institución de Capital Emprendedor, que tendrá que emitir un certificado de declaración jurada que informará al registro sobre las sumas aportadas.
Para implementar el programa, el Gobierno estableció un cupo de 0,02% del Producto Bruto Interno (PBI) -cifra que si se aplicare este año alcanzaría 1.500 millones de pesos, en tanto que para el año próximo, si se cumple el incremento de 3,5 por ciento del PBI, se ubicará en 1.900 millones de pesos-.
Quiénes son los emprendedores
De acuerdo con el proyecto, se considera emprendedora la “actividad productiva con fines de lucro realizada por una persona jurídica” que cumple con determinados requisitos, entre ellos, que no hayan pasado cinco años desde su constitución y conserve la mayoría de los votos para adoptar decisiones de gestión.
Además, se considera como instituciones de Capital Emprendedor a las personas jurídicas -pública, privada o mixta-, que hubiese sido constituida en el país y tenga como único objeto aportar recursos propios o de terceros a más de un emprendimiento.
Por otro lado, se crea el Registro de Instituciones de Capital Emprendedor, en el cual deberán anotarse a fin de constatar si cumplen con los requisitos necesarios para obtener los beneficios económicos propuestos.
Uno de los requerimientos para inscribirse consiste en haber cumplido con los pagos impositivos y previsionales, y el resto de normas vinculados con la prevención de los delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo y otras actividades ilícitas. Según el proyecto, el beneficio será retroactivo al 1 de julio de 2016 siempre que el emprendedor obtenga su registro en un plazo no mayor de 90 días desde la entrada en vigencia de la iniciativa.
A lo largo del proyecto se conforma el Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor (Fondce), que tendrán por objeto financiar emprendimientos e instituciones de capital emprendedor registrados como tales, y será solventado con los recursos que le asigne el presupuesto, donanciones, fondos provistos por organismos nacionales e internacionales y organizaciones no gubernamentales.