La Cámara destacó que no se debe esperar para tal acción la sentencia que fije el precio a pagar por parte del expropiante, ya que se cumplieron los requisitos establecidos por ley para concretarlo
Al advertir que, tal como indicó Caminos de las Sierras SA, se cumplieron con los requisitos de declaración y promulgación de ley de utilidad pública de los inmuebles identificados a los fines de poder realizar las obras pertinentes para llevar adelante la Red de Acceso a Córdoba (RAC) correspondientes a la ruta Nº 19, además de consignar la suma de dinero establecida por ley a cuenta del precio final, la Cámara Civil y Comercial de 2ª Nominación de Córdoba ordenó que se libre el oficio de toma de posesión del inmueble expropiado, anulando así la resolución del a quo que suspendía tal medida hasta tanto exista sentencia sobre el monto definitivo a pagarse.
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