Una acción de amparo promovida contra cerealeras por operaciones de compraventa de soja concertadas entre empresas con “posición dominante”, fue rechazada por la Cámara en lo Civil y Comercial Federal, confirmaron fuentes judiciales.
La Sala III del tribunal afirmó que la acción de amparo, con plazos reducidos y prueba acotada, no es la vía procesal para hacer valer los derechos que la Federación de Centros y Entidades Gremiales de Acopiadores de Cereales dijo que se violaban.
La federación había demandado a la multinacional Monsanto y, entre otras, a las firmas Aceitera General Deheza SA, Cargill, Bunge Argentina, Asociación de Cooperativas y Molinos Río de la Plata, por lo que consideró una “cartelización” en la comercialización de granos de soja.
La demandante pidió que se declarara la inconstitucionalidad de la llamada “cláusula de biotecnología”, que reconoce a Monsanto la utilización de una tecnología patentada por esa multinacional en la producción de la soja y el cobro de sus consecuentes derechos.
Esa “cláusula” prevé que el grano de soja será analizado y, en caso de detectarse la presencia de tecnologías registradas, “se descontará, de corresponder, el importe de la regalía correspondiente por cuenta y orden del propietario de la tecnología o de quien éste designe”.
Agregó que con esa cláusula se les retiene a los acopiadores 15 dólares por tonelada, una suma “superior” a la comisión que cobran por el acondicionamiento, almacenaje y logística de despacho.