El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación recordó que el próximo 28 de enero vence la oportunidad de registrar a los trabajadores con los beneficios que el Gobierno otorga a los empleadores a través de la ley 26476. El organismo aclaró que esa fecha no tiene “posibilidad alguna de prórroga”.
Entre otros beneficios, la ley establece que todo empleador que regularice a sus trabajadores no registrados, está exento de pagar deudas previsionales, intereses o multas, ya sean de la AFIP, de la cartera laboral nacional o de los distintos entes con capacidad para sancionar el empleo no registrado, como el Ieric, el Renatre y las multas aplicadas por la ley 25212.