La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró ayer la nulidad de la acordada, dictada el 23 de diciembre último por la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, que dispuso la designación del juez federal de Río Cuarto, Carlos Arturo Ochoa, como magistrado subrogante en el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 3 de la ciudad de Córdoba, tras la aceptación del pedido de jubilación de su titular Cristina Garzón de Lazcano.
El máximo tribunal explicó en su argumentación que “del texto (de la Cámara) surge que la designación de dicho magistrado será en forma exclusiva, con tiempo completo y sin retención de su cargo original”, es decir, el del tribunal de Río Cuarto.
En esa línea, la Corte Suprema afirmó que “la subrogación, en principio, requiere el desempeño simultáneo de funciones… y ello debe ocurrir tanto en el tribunal donde el magistrado subrogante es titular (Río Cuarto), como en aquel donde cumple el reemplazo (Córdoba)”.
Además, agregó que “en el caso, dada la manera en que la Cámara procedió a designar a Carlos Arturo Ochoa, no existiría ‘stricto sensu’ (en sentido estricto) una subrogación, sino que, en realidad, se trata del traslado de un magistrado de un tribunal a otro distinto de aquél en que fue designado” oportunamente.
Así, el máximo tribunal nacional determinó que “al asumir tal carácter, la medida adoptada por la Cámara Federal de Córdoba excede las facultades de dicho tribunal, importa el ejercicio de atribuciones que corresponden al Poder Ejecutivo de la Nación, previa intervención del Consejo de la Magistratura, circunstancia que vicia de nulidad dicho acto”.