martes 5, noviembre 2024
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Comercio y Justicia 85 años

Se autodespidió sin causa: no cobra indemnizaciones

EXENTO. El supermercado mayorista codemandado fue relevado de responsabilidad.
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El empleador no había rechazado el vínculo laboral sobre el cual el accionante solicitó aclaración. También se desestimó la pretendida solidaridad de un supermercado que había contratado los servicios de la patronal antes referida.

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