Buscando definir un concepto de la función social del seguros llegué a la conclusión de que es difícil hablar de ésta si no se tiene en cuenta también su función económica.
Imposible, en el mercado asegurador, hablar de ambas en forma separada. Especialmente si nos referimos a la función que tiene el seguro en los seguros de personas, más conocidos como seguros de vida.
Por ejemplo, cuando muere el miembro de una familia que genera el mayor o el único ingreso familiar, si se cuenta con esta cobertura, no se recupera la vida del muerto ni se mitiga el dolor que ésta causa. Pero sí podemos hacernos de una suma de dinero importante, que -si la administramos bien- nos permita continuar viviendo sin tanta incertidumbre respecto del futuro.
En cuanto a un concepto de Responsabilidad Social Empresarial (RSE), éste está mucho más claro en cuanto al compromiso social, al cumplimiento de legislación, etcétera.
Algunas definiciones hacen referencia al buen gobierno de la empresa, al desarrollo de una gestión ética y sostenible, en atención al compromiso que se adquiere para gestionar su impacto en los ámbitos laboral, social, ambiental y económico, tratando de hacer compatibles sus objetivos económicos, generando y acompañando con beneficios a la sociedad en la que actúa.
A ello se añade el hecho de que la RSE no debe entenderse como un comportamiento altruista ni como una herramienta publicitaria o marketing simplemente para mejorar o cambiar una imagen sino como una forma de gestión que implica su colaboración y compromiso con la sociedad, incorporando sus necesidades como parte de su estrategia negocio.
Pregunto ¿qué opinará la gente respecto al ejercicio de la RSE de las aseguradoras, de los bancos, de las terminales automotrices? ¿Qué opinión tendrán del ejercicio que hacemos los productores asesores de seguros de la RSE? ¿Estarán conformes? Lindo tema para debatir.
Mirada retrospectiva
El 21 de octubre último, cuando se celebraba el Día del Seguro en Argentina, decía que desde que soy productor asesor de seguros, he visto dos gobiernos a los que les ha interesado el seguro y la diferencia entre las épocas en que se dieron.
En la década de ‘90, con el discurso de achicar el Estado para tener un país más grande (atención con este discurso recientemente desempolvado por el foro de Convergencia Empresaria), mediante un decreto de necesidad y urgencia se liquidaba el Instituto Nacional de Reaseguros (Inder). Más tarde vería la luz el decreto 855/94, acompañado por la aplicación del régimen de agentes institorios con absoluta promiscuidad. De todo esto podemos hablar productores de seguros pero los que tienen la peor experiencia de esto fueron y son los asegurados.
Podemos estar de cuerdo o no con el actual gobierno, pero en los últimos dos años, la implementación del inciso k) en el régimen de inversiones productivas, respecto a riesgos del trabajo, la consideración de las hernias, la lumbalgia y las várices como enfermedades laborales, más la decisión de incorporar a las trabajadoras de casa de familia; el nuevo régimen de agentes institorios, la desarticulación del decreto 855/94, son buenas señales de parte del Estado como principal responsable, no el único, en la defensa de los intereses de los asegurados y los trabajadores y como ejercicio de la RSE.
La única duda será ver cómo se aplicará el nuevo régimen de agentes institorios y la desarticulación del decreto 855/94 en los bancos en general y en los bancos oficiales en particular.
* Productor-asesor de seguros