Según Gustavo Scarpetta -especialista en temas aduaneros- una medida en ese sentido sería contraria a los principios de la Organización Mundial de Comercio, de la cual Argentina es uno de los 164 miembros
“Mientras el ministro de Trabajo de la Nación, Jorge Triaca, confirma una caída en el empleo, Sergio Massa -quien lidera el Frente Renovador- aprovecha para presentar un proyecto para restringir las importaciones por un plazo de 120 días y da a entender que parte de esa baja en el número de puestos laborales está vinculada por más compras al extranjero”. Así aseveró Gustavo Scarpetta -contador público y especialista en comercio exterior- a Factor sobre el proyecto en cuestión.
Además, explicó las medidas de protección que existen y cuáles son los números de importaciones en Argentina respecto al año en curso.
¿Cuál es la situación actual de las importaciones en el país?
Las importaciones vienen cayendo 7,7% en los últimos siete meses según datos oficiales del Instituto Nacional de Estadísticas y Censo (Indec). Sin embargo, esto es sólo una parte de la visión, ya que -si bien las compras al exterior han caído en general- éste no es el comportamiento en todos los rubros.
Han disminuido fuertemente las importaciones de combustibles (-26,7%), bienes intermedios (-13,6%) y partes de bienes de capital (-12%). Los bienes de capital tuvieron un comportamiento casi estable (-0,2%).
En cambio, la importación de bienes de consumo aumentó 8,3%, pasando de US$3.735 millones a US$4.044 millones en la comparación de los primeros siete meses del 2016. En cantidades importadas el aumento fue mayor, de 20,3%.
En el caso de los autos, aumentaron 30%, es decir, 600 millones de dólares más de importación.
Argentina forma parte de la Organización Mundial de Comercio (OMC) ¿cuál ha sido la experiencia de dicho organismo con el país en materia de importaciones?
La OMC tiene como funciones el reglar sobre comercio internacional, ser foro de negociación y de solución de disputas entre los países. Ya condenó a nuestro país recientemente por la aplicación de las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importación (DJAI), que involucraban restricciones y administración del comercio, que iban en contra de las normas aprobadas por éste.
Una prohibición de importaciones sería una norma contraria a los principios de la OMC.
¿Existe algún tipo de medida de protección frente al aumento de importaciones?
La OMC establece una herramienta específica para el caso de daño en algún sector económico por aumento de importaciones, que se denominan medidas o clausulas de salvaguardia -artículo XIX del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT, por sus siglas en inglés), de 1994-.
¿Cómo se originaron estas medidas?
Si bien se iniciaron en el primer Acuerdo GATT de 1947, en la Ronda de Uruguay que terminó en 1994 con la creación de la OMC fue cuando se definieron más claramente las salvaguardias. Dicho organismo definió el tiempo que se deben aplicar, el proceso que deben seguir para su determinación y las demás obligaciones del Estado que las aplique.
El acuerdo sobre salvaguardias indica que uno de sus objetivos es “fomentar el reajuste estructural por parte de las ramas de producción afectadas desfavorablemente por los aumentos de las importaciones, para potenciar de esa manera la competencia en los mercados internacionales”.
Concretamente, ¿en qué consisten estas medidas?
Son una restricción al comercio, autorizada bajo la normativa de la OMC, que tienen dos elementos fundamentales para su gestión: la existencia de un aumento de importaciones y un daño grave o amenaza de daño causado por el aumento de compras del exterior.
¿Cuáles son los pasos para solicitar una salvaguardia?
La normativa argentina que refleja las medidas o cláusulas de salvaguardia son la ley 24425 y la resolución 1059/96.
Sólo podrán aplicarse nuevas medidas de salvaguardia tras una investigación realizada por las autoridades competentes de acuerdo con procedimientos establecidos.
Argentina fijó el procedimiento para solicitar estas medidas y la investigación deberá terminarse en un plazo de nueve meses.
Una vez que se determina las medidas de salvaguardia, se define un cupo o un aumento de aranceles, por el tiempo que se considere necesario, que no podrá ser superior a cuatro años. Si se define una restricción cuantitativa, ésta no puede ser inferior al nivel de los tres últimos años de importaciones.
Dentro de la aplicación del régimen, el país que implemente la medida de salvaguardia deberá poner en funcionamiento un programa de mejora estructural del sector, en busca de perfeccionar su eficiencia.
Prohibido prohibir
Según Scarpetta, es difícil que la OMC apruebe una prohibición a la importación que no tenga un fundamento sanitario, ambiental o de seguridad. Por otro lado, la OMC sí establece una herramienta específica para los casos en que un sector sufra daño por un aumento de importaciones. Argentina tiene un procedimiento y un organismo (Comisión Nacional de Comercio Exterior) relacionado con el tema.
A su vez, señaló: “Dichas medidas no se relacionan con prácticas desleales como el dumping y el subsidio, sino que son medidas de urgencia para defender sectores industriales”.
Destacó, asimismo, que los que presentaron el proyecto aclararon que no requerían una prohibición de importaciones sino el aumento de restricciones mediante un aumento de licencias no automáticas y un mayor control sobre éstas.
“El mundo es muy agresivo comercialmente, muchos países administran su comercio para que éste no impacte negativamente en su empleo. Argentina tiene herramientas para lograrlo, que ya están normadas y fueron establecidas dentro del marco general de la OMC”, sentenció Scarpetta.
Requisitos para la aplicación de salvaguardia
Un aumento de importaciones.
Un daño o amenaza de daño en una rama de producción nacional.
Éstas cláusulas se constituyen básicamente bajo dos tipos de medidas especiales de protección:
Restricciones cuantitativas.
Aumentos de derechos de importación.
Estas medidas deben ser siempre por un tiempo determinado y no pueden ser definitivas.