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Interno cumplirá prisión domiciliaria en un campo

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El fiscal se expidió en contra de acordar el beneficio. Adujo que el lugar era imposible de controlar y resaltó los resultados de la pericia psicológica

El juez de Ejecución Penal, Cristóbal Laje Ros -titular del Juzgado de 2ª Nominación-, le acordó la prisión domiciliaria a Omar Mazzieri, condenado a la pena de 11 años de prisión. El asesor José Santi fundamentó la solicitud de su asistido en razón de que alcanzó los 70 años.

El interno expresó que viviría en una casa de su hijo, con quien no conviviría, pero el que se encargaría de satisfacer sus necesidades. Luego, Edgardo Mazzieri confirmó que se haría cargo de su padre y que le ofreció una vivienda  ubicada en un campo en el departamento de Ischilín, con una dimensión de 50 hectáreas. Además, informó que el pueblo más cercano se encontraba a cuatro kilómetros.

A su turno, el fiscal se expidió por la negativa señalando que el lugar donde pretendía vivir el interno era casi imposible de controlar y fundamentó postura en base a los informes psicológicos, que detectaron características que no hacían conveniente acordarle el beneficio.

Laje Ros reseñó que hasta la entrada en vigor de la ley 26472, el artículo 33 de la 24660 requería que una institución responsable, familiar o cualquier persona asumiera el cuidado del interno, pero que actualmente solo prevé que el juez, si lo estima conveniente, disponga la supervisión  de la medida a cargo de un patronato de liberados o de un servicio social calificado. “El régimen vigente debe ser aplicado por resultar ley penal más benigna”, enfatizó.

En tanto, aclaró que la circunstancia de que la vivienda estuviera en una zona rural no impedía el otorgamiento del beneficio, toda vez que el interno iba a ser sustentado por sus hijos. Además, precisó que la policía constató la existencia del domicilio y que había señal de celular.

Pronóstico

En cuanto a los aspectos psicológicos, el juez puntualizó que no tenían  incidencia con la posibilidad de cumplir con las pautas que requiere la domiciliaria. “La ley de aplicación no requiere un pronóstico de inserción social porque el sujeto no será insertado en el medio libre sino en su propio domicilio, del que no podrá salir”, resaltó el sentenciante. Sin perjuicio de ello,  mencionó que el interno vivirá solo y estimó que ello alejaba o imposibilitaba la reiteración de hechos similares a los  de la condena, consignando que regirá la prohibición de mantener contacto con menores.

Pautas de compromiso

El magistrado plasmó en su sentencia que el informe psicológico exigido por la normativa tiene incidencia únicamente en el plano que hace al cumplimiento de las pautas de compromiso que condicionan la permanencia del beneficiario en el domicilio fijado.

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