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Ponen tope a la cartera de liquidaciones de procuradores fiscales

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La Secretaría de Ingresos Públicos de la Provincia de Córdoba tomó medidas con el fin de optimizar el proceso de recuperación de deuda tributaria en gestión judicial.
En tal sentido, puso un límite de 3.000 causas a la cantidad de liquidaciones judiciales activas que podrá llevar adelante un procurador para la gestión de cobro de deudas fiscales provinciales.
La norma dispone que quienes tengan asignadas liquidaciones que excedan dicho límite, las conservarán y deberán efectuar las gestiones tendientes a situarlas por debajo de dicho límite a fin de que puedan serles asignadas nuevas liquidaciones.
La resolución 11/17 (BOP 1-06-17) estipula los requisitos que deberán cumplir los letrados para que puedan participar de nuevas adjudicaciones de títulos.
Entre otras, deberán retirar los títulos ejecutivos de la Fiscalía Tributaria Adjunta, dentro de los cinco días corridos a contar desde que se le comunica que éstos están disponibles. A su vez, deberán dar inicio a las demandas dentro del plazo promedio de 30 días corridos contados desde el vencimiento del plazo mencionado, no pudiendo superar en ningún caso el inicio de las demandas el plazo de 50 días corridos.
La normativa también establece plazos mínimos y máximos de notificación de las demandas y de la instancia de ejecución de sentencia.
Finalmente, los procuradores deberán adecuar la modalidad de gestión de juicios a los lineamientos que la Fiscalía Tributaria Adjunta vaya impartiendo.

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