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Spotify: ¿alternativa o mal menor?

Por Sergio Castelli* y Tobias Larregui**
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Desde su lanzamiento al mercado en 2008, la gran plataforma virtual de música sueca Spotify, líder en el mercado por su proyección mundial en sus cortos años de existencia, se ha visto rodeada de innumerables dudas, incertidumbres y conflictos respecto a los derechos de autor de los artistas.

En declaraciones de su CEO, es constante la afirmación de que el financiamiento de la plataforma de streaming o de transferencia de archivos de audio queda determinada por la publicidad en las cuentas gratuitas y los abonos mensuales en las cuentas premium, cuyas ganancias son distribuidas, en concepto de royalties, en un porcentaje de 70%.

Sin embargo, muchos artistas se han visto reticentes en aceptar la reproducción sus obras mediante Spotify. Grandes íconos musicales como The Beatles, Tom Yorke o Beyoncè fueron los primeros en expresar sus disgustos en torno a las cantidades abonadas por la empresa en concepto de derechos de autor por cada reproducción de sus canciones, quejas que fueron apoyadas por las grandes firmas discográficas mundiales, todas ellas resueltas por negociaciones y firma de acuerdos personales.

Lo cierto es que, en una etapa de crisis global de la industria de la música, cuando la venta de CD ha caído considerablemente y la piratería ha iniciado una guerra a las grandes discográficas, Spotify puede ser visto como una alternativa razonable, o al menos un mal menor. No debemos perder de vista que el pago por cada reproducción que hace la empresa a los artistas e intermediarios musicales, no es el ingreso directo de éstos, ni la industria se financia de forma exclusiva mediante ellos. Las grandes ganancias se obtienen de las giras y conciertos.

Quizás, los grandes perdedores son los artistas en ascenso, o que no han logrado aún una proyección deseada, ya que se les torna muy difícil negociar con Spotify y a la vez decidir no formar parte del sistema. Pero sus pérdidas de ganancias potenciales pueden convertirse en logros a largo plazo, ya que la empresa les brinda el alcance a la comunidad musical, su popularización y, por qué no, posibles nuevos fans que concurran a sus shows.

Las cifras ventiladas por la empresa sueca, a raíz de la incertidumbre generada en torno a los mecanismos de cálculo de distribución de ganancias, han mostrado que, desde 2008, Spotify ha pagado, en concepto de derecho de autor, más de 2.000 millones de dólares, cifras muy superiores a otras alternativas como Youtube; además, sin alentar la piratería.

Los derechos a la paternidad de su obra, a impedir el uso o reproducción, sumado a la retribución económica por la explotación de ella, se han visto avasallados por la piratería y descargas ilegales; el mercado de la música ha recibido embates de diferentes frentes. El servicio de las plataformas virtuales de streaming como Spotify es uno de los mecanismos que, sin ser perfecto, permiten dar un respaldo a los artistas.

Ahora bien, las críticas negativas son totalmente válidas, los artistas y autores deben ser los primeros en reclamar lo debido en concepto de derecho de autor; deben proteger sus creaciones con absoluto recelo. Sólo esta conducta permitirá continuar con una mejora a largo plazo que genere confianza, tanto al consumidor de música como al creador de ella, incentivándolo a seguir evolucionando y perfeccionando la industria musical.

* Agente de la Propiedad Industrial. ** Abogado

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