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E-commerce “puerta a puerta”

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Por Matías Altamira *

La AFIP habilitó el ingreso de mercaderías del exterior, siempre que cumplan con determinados requisitos, lo que estimulará el comercio electrónico internacional.
En su portal explica que este procedimiento es exclusivo para mercaderías que pesen menos de dos kilos y tengan un valor inferior a US$200, unos $3.000. Perfeccionada la operación de comercio electrónico con el proveedor de cualquier parte del mundo, el consumidor recibirá una notificación del correo informando la llegada del bien y las opciones para retirarlo.
El consumidor deberá ingresar al portal de AFIP, a la sección “Declaración simplificada de envíos postales internacionales”, utilizando su clave fiscal con nivel de seguridad 3 o superior, la que se obtiene de manera presencial en cualquier dependencia de AFIP. Luego, completará un formulario de declaración simplificada, informando el número de tracking del envío; declarando el valor y la descripción del artículo recibido. Una vez validada la declaración, se generará automáticamente un volante electrónico de pago (VEP) por los conceptos y valores que corresponda abonar. Este VEP debe pagarse dentro de las 24 horas, caso contrario se anula. Efectuado el pago, se recibe el envío en el domicilio, salvo que la Aduana considere necesario que se presente a retirarlo. Dentro de los 30 días el consumidor deberá confirmar la recepción del bien, para poder seguir recibiendo productos. Si la mercadería pesa más de dos kilos o tiene un valor superior a US$200, el consumidor deberá realizar los mismos trámites, pero deberá retirarla personalmente. Otro de los límites a tener en cuenta es que la franquicia es de US$ 25, por lo que si el bien supera ese monto se debe abonar 50% del excedente y se puede usar una vez por año calendario.
Si la mercadería pesa más de dos kilos y menos de 50 kilos, se aplica el sistema de “pequeños envíos”, siempre que su valor sea menor que US$1.000, y no sean más de tres unidades de la misma especie. Se limita este tipo de envío a cinco veces por año calendario.
Todos estos requisitos son por persona, y es por ello que se requiere para operar la Clave Fiscal de Nivel 3 o superior, y serán aplicables si Aduana no presume que el envío tiene una finalidad comercial.
Al regular AFIP la apertura del comercio electrónico para pequeños y medianos consumidores, se fomentará el uso de los variados portales internacionales, las tarjetas de crédito que son el mecanismo de pago más utilizado para estas operaciones, y estimulará la confianza en las compras a distancia, protegiendo a la industria local a través de las restricciones en cantidad y periodicidad.

* Abogado especializado en nuevas tecnologías / [email protected]

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