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Crisis en la familia de hoy

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Por Susana Novas / Abogada – Mediadora

El estudio de los conceptos de familia en las distintas épocas y lugares ha producido regulaciones determinadas por la cultura y hábitos sociales constituyentes de cada época y sociedad.
El análisis del presente caso de mediación lo realizaré desde una perspectiva diferente: la perspectiva jurídica. El señor Fernando solicita mediación porque su nuera Carla agredió físicamente a su otra nuera, Ana. La damnificada realizó una denuncia penal, habiéndose dictaminado una restricción de acercarse a 200 metros. Esta decisión judicial es la causa por la que Fernando no puede tener una unión con toda su familia, hijos y nietos.

Fernando y su esposa María han sido padres de dos hijos varones, Ricardo y Rubén. Ricardo, el primogénito, nació con una dificultad de aprendizaje, por lo que fue el más protegido por el matrimonio. Muy joven se junta con Carla, con quien tiene tres hijos: Daniela (16), Brenda (14) y Nicolás (10), quien nace con una enfermedad congénita (distrofia muscular). Ricardo y familia habitan en el departamento del fondo que le ofrecieron sus padres; es resentido, no mantiene ningún trabajo y a veces lo hace como cartonero. Carla, su esposa, no trabaja y los pocos trabajos que consigue no le duran.

Rubén -el menor- terminó sus estudios y se casó con Ana. Ambos son trabajadores independientes. Han progresado económicamente y sólo dependen de Fernando y María en el cuidado de sus hijos, ya que los abuelos colaboran en la atención de los pequeños.

Ricardo, consentido por sus padres por su dificultad de aprendizaje, actualmente depende económicamente de ellos y no asume sus responsabilidades como proveedor, habiendo creado “una cultura de dependencia”.

Este caso presenta una familia construida con una base de “familia tradicional-patriarcal” en la cual el hijo mayor no logra insertarse en el mundo laboral-público. Es un eterno desempleado, lo que lo hace sentirse excluido del mercado laboral: su mal humor y la depresión porque la plata no alcanza exacerba la violencia, que en este caso es ejercida por las mujeres de la familia -Carla y sus hijas- hacia la cuñada Ana, que representa el bienestar que ellas no tienen.

Desde el punto de vista jurídico, en este caso la familia no es el centro de protección, sino que es la persona a la que se protege a fin de garantizar su integridad; pero esta disposición no ayuda a comprender y a satisfacer las necesidades de esta familia que, como red social de contención y ayuda, se ve impedida por motivos intrafamiliares y jurídicos a reproducir los valores de solidaridad que le son propios.

¿Cómo analizar esta crisis de la familia que llega a estadios de violencia? A estas crisis familiares “no se les pueden aplicar viejos remedios”, ya que la autoridad del pater-familia no existe y desde la mediación sólo se logra algún control de los daños dentro de un proceso de reflexión y de diálogo.

Los mediadores tenemos una ventaja con respecto de la decisión judicial: podemos trabajar con todas las partes involucradas y, por medio de preguntas, intentar que recapaciten sobre las discrepancias y los intereses comunes, tendiendo a lograr una mayor reflexión.

En esta mediación trabajamos mucho en reuniones privadas con cada uno de los matrimonios. Realizamos una observación participante, “sin juzgar” y tratando de reconstruir la vida familiar, dentro de sus propios códigos, asumiendo cada uno la responsabilidad por sus actos y tratando de visualizar esa delgada línea que existe entre autonomía y solidaridad.

La mediación, en este caso, se ocupó de las disputas y sobre cómo debemos vivir en un mundo en el que lo que antes solía estar fijado por la tradición está ahora sometido a las decisiones individuales. ¿Cómo asumir la responsabilidad de los actos propios? ¿Cómo tendría que regular la sociedad las normas, si el cambio que se necesita es individual e interior? ¿Cómo en esta sociedad globalizada y compleja puede esta unidad doméstica con vínculos de afecto enfrentar esta transformación?

La familia es un organismo vivo y tiene que adaptarse al medio para sobrevivir. La globalización trajo un cambio que aún no está reflejado en la “normas”.

La mediación como institución contribuye a la democratización, ya que intenta ordenar a través del diálogo y no de la autoridad. La integración de la autonomía y de la solidaridad se sostiene a través de la discusión y el intercambio de opiniones y no de la decisión de un juez; es una tarea en donde las emociones juegan un papel privilegiado dentro de los hechos concretos denunciados. Desde un lugar estrictamente jurídico, esta mediación no tenía sustento, ya que las normas no alcanzan para colaborar con estas crisis familiares que se nos presentan a diario.

Sólo estudiando la familia desde las distintas ópticas: psicológicas, antropológicas, sociológicas, podemos encontrar herramientas útiles para enfrentarlas. Nuestra observación y participación es limitada al discurso que traen las partes y desde allí analizamos los vínculos y la cultura, con una realidad jurídica que es superada por la realidad social, las crisis personales y las crisis económicas. El estudio de casos-problemas, desde el origen de una disputa hasta que ésta es resuelta, nos permite ver cómo las personas son afectadas por las reglas legales. Los cambios sociales deben ser legislados por las sociedades, el derecho debe reflejar la realidad y los valores de ellas; pero por el momento la realidad nos supera.

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