El proceso comenzó luego de que en 2009 el profesor universitario involucrado publicó sin autorización de la querellante, María Kodama, un libro de su autoría titulado El Aleph engordado.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revocó el sobreseimiento dictado en junio de 2013 por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional relativo a un imputado por violentar los artículos 71 y 72 de la ley 11723, y ordenó la remisión de la causa al tribunal de origen a fin de que continúe con la sustanciación del proceso.
Se trata del caso de un profesor universitario que en 2009 publicó, bajo su autoría y sin autorización de la querellante, María Kodama -viuda del escritor Jorge Luis Borges-, un libro de su autoría titulado El Aleph engordado.
El docente, en una suerte de “experimentación literaria” que consistió en la reescritura de clásicos, reprodujo íntegramente el conocido cuento de Borges, El Aleph.
Para ello, modificó el texto original conforme el siguiente mecanismo: por un lado, intercaló y agregó al original palabras, frases y oraciones completas, sin diferenciarlas, mediante una tipografía distinta; los agregados se extendieron a lo largo de toda la obra; por otro lado, además de intercalar, en algunos casos el imputado quitó palabras del texto de Borges y las sustituyó por otras.
Los jueces del máximo tribunal penal del país revocaron la sentencia recurrida por la querellante por entender que, por aplicación de la ley 11732 y de los artículos 6 bis, 10 y 10 bis de la Convención de Berna para la protección de las obras literarias y artísticas, como consecuencia del derecho a la propiedad intelectual de la obra, el autor posee el derecho a la integridad de ésta, razón por la que podrá oponerse a toda modificación, deformación o utilización que pueda hacer un tercero.