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Se aprueba la reforma del Código Procesal de Familia

RECINTO. La iniciativa será tratada hoy en la Legislatura Unicameral de Córdoba.
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Las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación General emitieron despacho. La iniciativa ingresará al recinto prácticamente sin cambios. Los magistrados de Familia pasarán a ser jueces de sentencia y dejarán de atender adopciones. No está previsto la creación de nuevos juzgados.

A poco más de un mes y medio  de la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, la Legislatura de Córdoba tratará hoy la reforma del Código Procesal que regirá el fuero de Familia de la provincia.

La iniciativa es producto del trabajo de una comisión de expertos que fue convocada diciembre por el  Ministerio de Justicia de Córdoba. Luego de varias audiencias públicas, ayer las comisiones de Asuntos Constitucionales y de Legislación  General emitieron despacho y el texto será debatido en la tarde de hoy por la Unicameral.

La reforma del Código Procesal quedará aprobada prácticamente sin modificaciones. Según adelantó la semana pasada Comercio y Justicia, se decidió modificar el artículo 85 de la iniciativa, que preveía la posibilidad de que los jueces tuvieran potestad de tomar las audiencias sin la presencia de los letrados. La modificación se introdujo a pedido del Colegios de Abogados y de la Federación de Colegios de Abogados de la Provincia (Fecacor) y plantea ahora que en la audiencia el juez deberá entrevistar a las partes con la asistencia de los letrados.

Los cambios
Con la derogación de la Ley de Procedimiento 7676  los jueces de Familia dejarán de ser “jueces dispositivos” -esto es, jueces que preparan la causa para que luego se eleve a la Cámara y ésta resuelva- y pasarán a ser magistrados “de sentencia”.

Por otro lado, el fuero de Familia dejará de atender a las causas de adopciones, que se tramitarán en el fuero de Niños, Niñas y Adolescentes. Sobre este último aspecto, el presidente de la Comisión de Asuntos  Constitucionales, Juan Manuel Cid, adelantó a este medio que en los próximos 10 días podrá quedar aprobada la reforma de la ley 9944 en la que se dispondrá, precisamente, que serán los exjueces prevencionales quienes comenzarán atender a las adopciones. Cabe aclarar que Familia seguirá teniendo competencia en el caso de las adopciones conocidas como de “integración” -o “adopción simple”-.

Preocupaciones
La entrada en vigencia del nuevo Código de Procedimiento genera algunas preocupaciones entre los operadores judiciales. Los abogados  han manifestado su resquemor porque aún no ha sido pensada ni planificada la creación de una nueva fiscalía.

En este sentido, hay que destacar que actualmente el fuero de Familia  cuenta con una sola fiscalía y ahora va a necesitar dos: una para resolver las causas provenientes de la primera instancia y otra para la segunda.

Los abogados también se preguntan cómo funcionarán los juzgados de Familia habida cuenta de la mayor cantidad de tarea que tendrán a su cargo. En las audiencias públicas se planteó la necesidad de la creación de nuevos juzgados, algo que, por el momento, no está previsto, reconoció a este medio el legislador Cid.

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