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Rechazaron abrir el concurso preventivo de Oil Combustibles

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Héctor Vitale, juez del fuero Comercial de Buenos Aires, rechazó el pedido de apertura del concurso preventivo de acreedores presentado por Oil Combustibles SA (OCSA), propiedad del empresario Cristóbal López, al considerar que la compañía actuó de manera fraudulenta.
Cabe recordar que, en su momento, la Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario planteado por el Fisco y declaró la nulidad de la sentencia de apertura del proceso concursal dictada por el Juzgado Letrado de 1ª Instancia de Comodoro Rivadavia, Chubut.
Oil Combustibles solicitó la medida luego de que comenzara una investigación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip), por la apropiación de ocho mil millones de pesos correspondientes al Impuesto a la Transferencia de los Combustibles (ITC).

Nulidad
Vitale aclaró que la nulidad de la apertura del concurso dictada por la Corte lo obligó a realizar un examen riguroso del caso y a considerar la información que circuló desde ese entonces.
En tanto, tomando en cuenta la investigación que llevó adelante el organismo recaudador, Vitale consideró que la solicitud de concurso fue “en fraude de la ley” y que, por lo tanto, la empresa no merecía el beneficio.
“Nótese que la repulsa del accionar procesal abusivo o, como en el caso, en fraude a la ley, es una aplicación del principio de moralidad, que en los ordenamientos adjetivos se traduce en deberes procesales con contenido ético, como el que manda a actuar en el proceso con lealtad, probidad y buena fe, tópicos que no han sido alcanzados”, enfatizó el magistrado.
Asimismo, recordó que “con posterioridad a la apertura concursal la deudora continuó llevando a cabo conductas rayanas con un proceder abusivo, y violatorias del principio de moralidad”.
La Justicia cuestiona que entre el 2011 y el 2015 OCSA hubiera optado por no cancelar el ITC y acogerse a las facilidades de pago otorgadas por la Afip y que, en forma paralela, le hiciera préstamos de dinero -equivalentes a las sumas que no ingresó a las arcas del Estado- a personas integrantes del Grupo Indalo.

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