El Alto Cuerpo concluyó que el accionante carecía de un interés personal y directo que demuestre afectación concreta de la incertidumbre que le causa el hecho de que el régimen provincial no estipule pena máxima para el concurso de contravenciones El resto del contenido sólo es accesible para usuarios suscriptos al diario. Si estás suscripto, iniciá sesión con tu usuario/e-mail y tu contraseña.
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Claro como el agua
Por Claudia A. Salvay (*) En la sociedad actual se plantea una nueva cultura jurídica por medio de la mediación, que fomenta...