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Nacidos por ovodonación podrán conocer su origen

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La Justicia ordenó que se preserven los datos de la mujer que aportó el material genético. A diferencia de otros países, en Argentina hay anonimato.

La Sala V de la Cámara en lo Contencioso-administrativo Federal hizo lugar al pedido de una pareja que se sometió a procedimientos de fertilización asistida y ordenó que se preserven los datos de la donante de los óvulos que usaron para concebir a una de sus hijas, a fin de que pueda conocer su origen cuando alcance la mayoría de edad.

La pareja explicó que sus dos nenas nacieron gracias a esa técnica, pero que en caso de la menor la donación de óvulos se concretó en el Centro Especializado de Reproducción (CER), por lo que desconocen la identidad de la donante.

A diferencia de otros países, en Argentina la donación de óvulos es anónima y los centros de fertilización asistida que llevan adelantes los procedimientos no están obligados a guardar las historias de los donantes.

En primera instancia se desestimó el planteo y el a quo argumentó que no hay ninguna ley que regule el derecho a la identidad en casos como el llevado a su conocimiento.

No obstante, la cámara admitió la apelación de los padres y los vocales Guillermo Treacy y Jorge Alemany dispusieron que se resguarde la información de la mujer que aportó el material genético, sea mediante el dictado de un acto administrativo de alcance particular o general, y aclararon que el Ministerio de Salud deberá disponer si sólo conservará la información del caso o si lo hará con todos.

Sin embargo, en cualesquiera de esos supuestos la información estará disponible sólo para los concebidos con las mentadas técnicas y podrá ser utilizada en las condiciones y modalidades que oportunamente establezca el Congreso al dictar la reglamentación legal correspondiente a la materia.

Al hacer su planteo ante la Justicia, el matrimonio señaló que su objetivo era que su hija y todas las personas nacidas en virtud de las técnicas de fertilización asistida con material heterólogo puedan conocer su identidad biológica. Además, subrayó que como los centros de fertilidad no tienen la obligación de conservar la información relativa a los donantes, hay riesgos concretos de que aquélla se pierda de manera definitiva.

Por su parte, en su voto, el tercer integrante de la alzada, el magistrado Pablo Gallegos Fedriani, propició que se le ordene al Poder Ejecutivo que cree un registro con la información que posean los centros de fertilidad y bancos de esperma del país legalmente habilitados respecto de los donantes de óvulos y esperma.

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