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MercadoLibre… ¿De impuestos?

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El Gobierno de la provincia de Córdoba y MercadoLibre fueron, la semana pasada, tapa de noticias por sus intenciones de cobrar más impuestos y de liberarse del rol de agente de retención, respectivamente, concluyendo la semana con el humo blanco de la paz.

Partiendo de toda la información difundida en las noticias, MercadoLibre SRL interpuso recurso de reconsideración en contra de la resolución 02/2015, el que fue rechazado mediante resolución N°4 por el secretario de Ingresos Públicos provincial, cuyos argumentos son dignos de reproducción.

Uno de los ejes planteados por MercadoLibre es que se generará un abuso en la carga tributaria vinculada a las operaciones que canalice, sosteniendo que primero será alcanzado por el régimen de portales virtuales, luego por las retenciones que realicen las tarjetas de crédito (por la provincia de Córdoba y otras provincias) y por último por la retención de MercadoLibre SRL, al momento de acreditarse los fondos al usuario vendedor por MercadoPago.

La secretaría responde que no es posible analizar los regímenes de retención de las otras jurisdicciones provinciales en virtud de que no se tiene injerencia ni potestad tributaria sobre éstos; que ni el vendedor del producto a través del sitio web ni MercadoLibre SRL serán pasibles de retenciones por las tarjetas de crédito, ya que en tales casos la rendición efectuada por la entidad administradora de dicho medio de pago es MercadoLibre SRL –administradora de MercadoPago- y no al vendedor y/o prestador del servicio, a lo que se suma que MercadoLibre fue excluida del padrón para no sufrir retenciones por dichas entidades en Córdoba; el vendedor por la plataforma virtual de MercadoLibre o la de cualquier otro agente de recaudación nominado en el régimen de portales virtuales que realice sus ventas directamente por tarjeta de crédito, sin intervención de MercadoPago, sufrirá también dos regímenes de pago a cuenta (portales virtuales y el del régimen de tarjeta de crédito) por lo cual no se vislumbra un desigual trato; y, en todos los casos, el planteo lo debería realizar el sujeto afectado por la retención y/o recaudación y no el agente, quien carece de legitimación para ello. Además, la retención será mayor si utiliza tarjetas de crédito en vez de MercadoPago, por la diferencia entre las bases sobre la cual se aplica la tasa de retención.

Ante el rechazo del recurso, MercadoLibre optó por el camino mediático del bloqueo al comercio electrónico nacional, generando el rechazo de todos los sectores, entre ellos la Cámara de Comercio Electrónico de Córdoba, lo que forzó a las partes en pugna a encontrar una salida que se espera sea fructífera para todos los actores, especialmente para el ciberconsumidor.

* Abogado especializado en nuevas tecnologías / [email protected]

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