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Menéndez va a juicio oral por la causa Brandalisis

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El Juzgado Federal N° 3 de Córdoba Capital, a cargo de la jueza Cristina Garzón de Lascano, resolvió ayer elevar a juicio oral una causa por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar, que cuenta entre los imputados al represor Luciano Benjamín Menéndez.
Se trata de la denominada causa “Brandalisis”, en la que se investiga el asesinato de Humberto Brandalisis, Carlos Enrique Lajas, Ilda Flora Palacios y Raúl Cardozo.
En el pronunciamiento, que se dio a conocer ayer, la magistrada decidió rechazar las oposiciones de elevación a juicio formuladas por los defensores técnicos y, en consecuencia, imputó por homicidio agravado a Luciano Benjamín Menéndez, Luis Alberto Manzanelli, Carlos Alberto Díaz, Oreste Valentín Padován y Ricardo Alberto Ramón Lardone. De este delito, la jueza sobreseyó al militar Carlos Alberto Vega por encontrarse de licencia al momento de ocurrir el asesinato de las cuatro víctimas.
Asimismo, por los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada en perjuicio de Brandalisis, Lajas y Palacios, además de tormentos agravados en el caso de Raúl Osvaldo Cardozo, se sumaron como imputados -otros tres militares- Hermes Oscar Rodríguez, Jorge Exequiel Acosta y Carlos Alberto Vega.

Oposiciones

La elevación a juicio ocurre tras las sucesivas demoras que el expediente sufrió, tanto en la Cámara Federal de Córdoba como posteriormente en la Cámara Nacional de Casación Penal. En esa última instancia, luego de más de un año sin novedades en la causa, finalmente los camaristas rechazaron los planteos de la defensa, la que había solicitado su prescripción y la ratificación de la constitucionalidad de la ley 25779, que a su vez declara nulas las leyes de Obediencia Debida y Punto Final.
Ya en el juzgado de Garzón de Lascano, la elevación llegó juntamente con la desestimación de las oposiciones planteadas por la defensa de los imputados.
En su dictamen, la magistrada consideró que los hechos existieron, que el instrumento acusatorio es “claro, preciso y circunstanciado” y que el tema fue oportunamente evaluado en otras instancias procesales.
“La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba –cuya intervención reclaman los doctores Deheza y Martínez Paz- ya se expidió en estas actuaciones respecto a la probable existencia de los hechos y responsabilidad de los imputados, resultando a todas luces innecesario un nuevo reexamen de la cuestión por ese Tribunal”, indicó Garzón de Lascano.
De igual modo, y respecto del planteo esgrimido por los defensores técnicos de Benjamín Menéndez respecto de que la instrucción aún se encuentra incompleta, la jueza entendió que “corresponde al Ministerio Público Fiscal y a la parte querellante valorar si existen elementos de juicio suficientes como para llevar a los aquí imputados al juicio oral y público, y no a la defensa”.
Sobre el pedido de prescripción de la acción penal, Garzón de Lascano concluyó que éste debe ser rechazado “toda vez que se trata de una excepción que ya ha sido tratada y resuelta”.

Antecedentes

Brandalisis y su pareja Palacios, Lajas y Cardozo, fueron secuestrados en noviembre de

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